Ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027 y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

Código de ayuda:

S25500/25

Norma:

Orden 126/2025, de 27 de agosto.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 40.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, las bases reguladoras de las ayudas concedidas al amparo de la intervención 6881.4 “Inversiones forestales no productivas”, en la actuación “Otras actuaciones silvícolas con objetivos ambientales” en Castilla-La Mancha, en el marco del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Desarrollo Sostenible (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda será del 100% del coste total subvencionable. El importe máximo subvencionable por hectárea de actuación será de 3.000 €. Se establece una ayuda máxima de 40.000 € por persona beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las entidades locales, personas o agrupaciones de personas, tanto físicas como jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, en los términos previstos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que sean titulares forestales de montes y superficies forestales incluidos en el ámbito de aplicación de esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones subvencionables consistirán en los tratamientos selvícolas de las masas forestales para mejorar y poner en valor los servicios ecosistémicos de los montes, mediante rozas, cortas, podas y la gestión de los restos generados por estas operaciones.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento