Ayudas para la ejecución de medidas de promoción del sector vitivinícola en mercados de países terceros - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S20655/09

Norma:

Orden de 13 de marzo de 2009. Orden de 3 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2010 las ayudas para la ejecución de medidas de promoción del sector vitivinícola en mercados de países terceros, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas mediante la Orden de 13 de marzo de 2009 (DOG nº 53, del 17 de marzo).

Las medidas de información y promoción de los vinos en terceros países podrán incluir cualquiera de las acciones mencionadas en el artículo 10 del Reglamento (CE) 479/2008 del Consejo, de 29 de abril y las actividades relacionadas en el anexo III.

Dichas acciones deberán llevarse a cabo preferentemente en el marco de un programa de información y de promoción, entendido como tal el conjunto de acciones de promoción coherentes cuyo alcance sea suficiente para contribuir a aumentar la información sobre los productos en cuestión, así como su comercialización.

Los programas podrán tener una duración máxima de tres años por beneficiario y país.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán presentar solicitudes para acogerse a la financiación de las medidas de promoción en terceros países las siguientes figuras jurídicas con sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia:
a) Empresas vinícolas.

b) Organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en el capítulo VII del título III del Reglamento (CE) 479/2008, del Consejo, de 29 de abril.

c) Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas vitivinícolas.

d) Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación.

e) Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas por empresas vitícolas que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

Los beneficiarios deberán demostrar suficiente capacidad para afrontar las exigencias de comercio
con los terceros países y medios para asegurar que la medida se implementa lo más efectivamente posible.
Deberán, asimismo garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de las medidas de promoción los productos de calidad, destinados al consumo directo, detallados en el anexo IV, que cuenten con posibilidades de exportación o de nuevas salidas comerciales en terceros países y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
a) Vinos con denominación de origen protegida.

b) Vinos con indicación geográfica protegida.

c) Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 53
Documento: Bases Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/06/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 113
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 09/03/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 46
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 22/03/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 54
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento