Ayudas para la dotación en las explotaciones ganaderas de infraestructura para la recogida de cadáveres animales.
Código de ayuda:
S34464/06Norma:
Orden GAN/72/2006, de 1 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/10/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer un régimen de ayudas para facilitar a las explotaciones ganaderas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria la adaptación a las exigencias establecidas por el Reglamento (CE) 1774/2002 en lo que respecta a la retirada y destrucción de los animales de especies no rumiantes que mueran en las explotaciones.Podrán ser objeto de ayudas las inversiones que las explotaciones ganaderas ubicadas en el territorio de la
Comunidad Autónoma de Cantabria destinen a la adquisición de medios para el almacenamiento de los cadáveres animales de especies no rumiantes hasta su recogida.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Prsonas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas de especies no rumiantes ubicadas enla Comunidad Autónoma de Cantabria siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Acreditar la viabilidad económica de su explotación.
Se entenderá que cumple este requisito si se explota un censo mínimo, en función de la especie, según lo dispuesto en el anexo I de la presente orden.
b) Poseer un nivel de capacitación agraria suficiente.
c) Cumplir en su explotación la normativa dictada por la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca en materia de sanidad animal y de identificación y registro; así como las normas mínimas estatales y comunitarias en materia de medio ambiente, higiene y bienestar animal.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de subvención las siguientes inversiones en equipamiento para el almacenamiento de los animales que mueran en la explotación:a) Adquisición de equipos para el mantenimiento en congelación de los cadáveres animales.
b) Adquisición de contenedores para el almacenamiento de los cadáveres animales.
La cuantía de las ayudas podrá alcanzar hasta el 50% del importe total de la inversión efectuada por cada solicitante.
Requisitos:
La inversión total efectuada por los peticionarios deberá tener un importe mínimo de 60 euros y un máximode 1.000 euros.
Documentos asociados
Boletín:
21/09/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 182
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 182
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento