Ayudas para la dotacion de las explotaciones ganaderas con sistemas de almacenamiento de animales muertos - Convocatoria 2007 y correcciones.
Código de ayuda:
S61019/07Norma:
Orden de 29 de agosto de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/10/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas para la dotación delas explotaciones ganaderas con sistemas de almacenamiento de animales muertos y su convocatoria para
el año 2007.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería del Medio Rural. (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones de ganado aviar o cunícola inscritas en el Rega de la Dirección General de Produción, Industrias y Calidad Agroalimentaria, que en la anterior convocatoria no fueron beneficiarios de una ayuda para la adquisición de un congelador.Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones de ganado aviar o cunícola inscritas en el
Rega de la Dirección General de Producción, Industrias y Calidad Agroalimentaria, que en la anterior
convocatoria fueron beneficiarios de una ayuda para la adquisición de un congelador, pero acrediten que en la actualidad son titulares de otra unidad productiva separada físicamente de la anterior e identificada con otro Rega, que no fue beneficiaria de la ayuda.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas previstas en esta sección consistirán en una ayuda para la adquisición de un congelador. Lamáxima inversión subvencionable será de 2,5 euros por litro de capacidad del congelador, sin superar su
coste, excluido el IVA.
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 75% de la inversión subvencionable para el caso de
zonas desfavorecidas o de montaña y de un 60% en el resto de las zonas sin superar los 375 euros de subvención por congelador y hasta un máximo de tres unidades, cuando el beneficiario sea titular de por lo
menos tres explotaciones identificadas en el Rega de la Dirección General de Producción, Industrias y
Calidad Agroalimentaria, con diferente identificación y separadas físicamente de forma que se haga necesario un congelador individual para cada una de ellas.
Requisitos:
Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir los siguientes compromisos:1. No enajenar el congelador por un período de cinco años desde su adquisición.
2. Dedicarlo en exclusividad para la recogida y almacenamiento de cadáveres.
3. Mantenerlo en un adecuado estado de conservación.
Requisitos del congelador:
Deberan tener una capacidad mínima de 140 litros y estar dotados de regulación de temperatura de
manera que se pueda optimizar su consumo energético, y un diseño que facilite su higienización periódica.
Deberán ser de clase energética A o superior.
Documentos asociados
Boletín:
04/09/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 171
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
22/11/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 226
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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