Ayudas para la destilacion de subproductos.- Convocatoria 2012/2013.

Código de ayuda:

S30364/12

Norma:

ORDEN AAM/238/2012, de 24 de julio.

Plazo de Solicitud:

La solicitud se podrá presentar desde el inicio de la campaña hasta el 30 de abril de la campaña.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Definir, dentro del ámbito territorial de Cataluña, las directrices y actuaciones para la eliminación obligatoria de subproductos de la vinificación o de otras formas de transformación de la uva que establece el Reglamento (CE) núm. 555/2008, de la Comisión, de 27 de junio, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) núm. 1234/2007, del Consejo, de 22 de octubre, en relación con los programas de apoyo, el comercio con países terceros, el potencial productivo y los controles del sector vitivinícola.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda a pagar a los destiladores o destiladoras autorizados por la destilación de los subproductos es:

a) 1,100 euros/% vol/hl, por el alcohol bruto obtenido a partir de brisas.

b) 0,500 euros/% vol/hl, por el alcohol bruto obtenido a partir de madres.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los destiladores o destiladoras autorizados que hayan destilado los subproductos pueden percibir una ayuda financiada íntegramente a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La destilacion de subproductos.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6188
Documento: Bases y Convocatoria campaña 2012-2013. Descargar Documento