Ayudas para la destilacion de subproductos.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S45319/11

Norma:

Barcelona, 14 de septiembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Consultar según tipo de actuación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Definir, dentro del ámbito territorial de Cataluña, las directrices y actuaciones para la eliminación obligatoria de subproductos de la vinificación o de otras formas de transformación de la uva que establece el Reglamento (CE) núm. 555/2008, de la Comisión, de 27 de junio, por el que se establecen normas de despliegue del Reglamento (CE) núm. 1234/2007, del Consejo, de 22 de octubre, en relación con los programas de apoyo, el comercio con países terceros, el potencial productivo y los controles del sector vitivinícola.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) 1,100 euros/% vol/hl, por el alcohol bruto obtenido a partir de brisas.

b) 0,500 euros/% vol/hl, por el alcohol bruto obtenido a partir de madres.

Como compensación de los gastos de transporte y recogida de los subproductos,
el/la destilador/a ha de pagar al productor los importes siguientes cuando haya sido este último el que ha soportado el gasto:

a) 0,571 euros/% vol/hl, por el alcohol bruto obtenido a partir de brisas.

b) 0,400 euros/% vol/hl, por el alcohol bruto obtenido a partir de madres.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de estas personas que destilen subproductos de la vinificación o de cualquier otro transformación
de uva y esté autorizada por la Dirección General de Alimentación, Calidad e
Industrias Agroalimentarias para llevar a cabo las destilaciones que prevé el artículo 103 tervicies del Reglamento (CE) núm. 1234/2007.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones para la eliminación obligatoria de subproductos de la vinificación o de otras formas de transformación de la uva.

Requisitos:

a) Hayan obtenido alcohol bruto con un grado mínimo del 92% vol.

b) El alcohol por el que se solicite la ayuda sea destinado exclusivamente para utilizarlo con fines industriales o energéticos o haya sido desnaturalizado, de acuerdo con lo que establece el Real decreto 1165/1995, por el que se aprueba el Reglamento de los impuestos especiales, con un producto que impida la utilización para usos diferentes al industrial o energético.

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5975
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento