Ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción.

Código de ayuda:

S26355/17

Norma:

ORDEN de 4 de mayo de 2009. RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2017. RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2018. RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2018. RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2019. RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2019. RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2020. RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2020.RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2021. RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2021. RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2021. RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Proceder a la publicación de la convocatoria, para el año 2022, de las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Creación nuevas empresas
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Trabajo y Empleo (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades promotoras privadas sin ánimo de lucro a las que se refiere el artículo 7 del Decreto 182/2008, de 11 de noviembre, por el que se regula la calificación de empresas de inserción, se establece el procedimiento de acceso a las mismas y su registro.

b) Las entidades locales.

c) Las agencias de desarrollo local o comarcal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Las ayudas destinadas a la creación de empresas de inserción consistirán en subvenciones para la realización de estudios de mercado que contemplen la viabilidad de su creación.

2.– La concesión de esta subvención obliga a la entidad beneficiaria a realizar el estudio de mercado dentro del ejercicio presupuestario en el que se concede y, si resulta viable el proyecto, a crear la empresa de inserción en el plazo de un año a contar desde la fecha de finalización del estudio de mercado.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2009
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