Ayudas para la creación de guiones de largometrajes cinematográficos en el año 2019.

Código de ayuda:

S05428/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2018. ORDEN 33/2016, de 18 de julio. RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de marzo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas para la creación de guiones de largometrajes cinematográficos de los géneros de animación, ficción y documental, para el ejercicio 2018, con el fin de ampliar las líneas de actuación y apoyo al sector audiovisual en el ámbito competencial de la Generalitat, estimulando la escritura de guiones cinematográficos mediante la concesión de ayudas.

Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y, mediante el régimen de concurrencia competitiva, para los trabajos realizados que tengan lugar entre el 1 de enero y el 28 de diciembre de 2019, ambos inclusive.

No se podrá presentar más de un proyecto por solicitante. No podrán presentarse a esta convocatoria proyectos que se presenten a las convocatorias de desarrollo y preparación de proyectos de largometrajes o de producción audiovisual de CulturArts correspondientes a 2019.

La concesión de estas ayudas no es compatible con la obtención de otras diferentes que puedan otorgar otras Administraciones Públicas para la creación del mismo guion de largometraje.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

CulturArts Generalitat (IVAC) (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que deseen realizar el trabajo de creación del guion de un largometraje cinematográfico en el ámbito competencial
de la Generalitat, según dispone el artículo 2, punto 2.3.2 de la orden bases reguladoras.

A estos efectos, se entiende por valencianos/valencianas a quienes son naturales de la Comunitat Valenciana y a los ciudadanos de la Unión Europea que residen en la misma con una antigüedad mínima de un año en la fecha en que finalice el plazo de presentación de la solicitud.

En el caso de que en un mismo proyecto participen diferentes autores, todos deberán cumplir con lo previsto en este punto.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7832
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/02/2018
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8225
Documento: Convocatoria 2018 Completa Descargar Documento
Boletín: 01/02/2018
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DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8493
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
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