Ayudas para la consolidacion y estructuracion de unidades de investigacion competitivas del sistema universitario de Galicia y se procede a su convocatoria para el año 2009 - Modificación.
Código de ayuda:
S29946/09Norma:
Orden de 7 de abril de 2009. Orden de 26 de mayo de 2009. Orden de 3 de junio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/05/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria establece las condiciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrenciacompetitiva, para el acceso en el año 2009 a las ayudas para consolidar, estructurar y especializar las unidades de investigación más competitivas del sistema universitario de Galicia
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la modalidad de la ayuda a) indicada en el artículo anterior las universidadesdel sistema universitario de Galicia que presenten una propuesta de agrupación de grupos que
cumpla los requisitos establecidos en el anexo I.
Podrán ser beneficiarios de la modalidad de ayuda b) indicada en el artículo anterior los investigadores
jóvenes que acrediten su pertenencia al sistema universitario de Galicia y que cumplan los requisitos
establecidos en el anexo II.
Podrán ser beneficiarios de la modalidades de la ayuda c) indicadas en el artículo anterior los grupos de investigación de las universidades del sistema universitario de Galicia, reconocidos como tales por su
universidad de origen, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el anexo III.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Coste de contratación de personal investigador o auxiliar. Se incluye el coste de personal dedicado demanera específica a las funciones de gestión de la red o de la agrupación.
2. Pequeño equipamiento y fungibles, y costes de mantenimiento derivados de materiales, suministros,
instrumental y similares.
3. Material bibliográfico y adhesión a sociedades científicas.
4. Formación de los miembros del grupo.
5. Viajes.
6. Investigadores visitantes.
7. Organización de actividades de difusión, así como presencia en medios de comunicación.
8. Herramientas de gestión del conocimiento y la información, tales como aplicaciones informáticas,
bases de datos, etc.
9. Consultoría y asesoramiento externo para diseñar y aplicar la estructura y la estrategia de la red o de la
agrupación.
10. Actividades para generar red o favorecer la agrupación, no sólo entre los promotores, sino también
con terceros.
11. Costes indirectos que reglamentariamente exige1 la universidad al grupo solicitante, que no superarán
el 15% de la ayuda concedida.
12. Costes imputables al grupo, agrupación o red, tales como adaptaciones de espacios físicos, instalaciones de equipos u otros similares, siempre que no superen el 20% de la ayuda concedida.
Documentos asociados
Boletín:
16/04/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 72
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 72
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín:
10/06/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 112
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 112
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
18/06/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 115
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 115
Documento: Modificación Descargar Documento