Ayudas para la consolidación de las personas trabajadores autónomas de Extremadura, a través de una mayor profesionalización de sus negocios.

Código de ayuda:

S19019/24

Norma:

DECRETO 88/2024, de 30 de julio. RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de noviembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para la consolidación de las personas trabajadoras autónomas de Extremadura a través de la contratación de servicios profesionales en las siguientes líneas de proyectos subvencionables:

a. Línea 1: Profesionalización de la gestión.

b. Línea 2: Asesoramiento para la Mejora de la Estrategia de Negocio.

c. Línea 3: Proyectos de Segunda Oportunidad.

d. Línea 4: Profesionalización en la Comunicación.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será 1.500 euros para cada una de las líneas de proyectos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

Personas físicas que cumplan todos los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Línea 1: Profesionalización de la gestión.
Se subvencionan los gastos relativos a la contratación de servicios profesionales, tales como asesoramiento jurídico, laboral, fiscal, mercantil, de gestión y otros de naturaleza similar, para el desarrollo de servicios expertos que permita dar un salto en los negocios de la persona trabajadora autónoma solicitante, con el objeto de posibilitar su crecimiento. Estos servicios pueden ser asesoramiento y apoyo en la tramitación de programas de ayudas de ámbito nacional y/o europeo, licitaciones públicas, trámites jurídicos, mercantiles y/o financieros de carácter avanzado. Quedan excluidas la prestación de servicios básicos de naturaleza fiscal, laboral y/o contables, intrínsecos al desarrollo de cualquier actividad empresarial.

b. Línea 2: Asesoramiento para la Mejora de la Estrategia de Negocio.
Se subvencionan los gastos relativos a la contratación de servicios profesionales externos para la mejora de la competitividad a través de los siguientes tipos de asesoramiento: Plan estratégico del negocio, Plan de reorientación del negocio, Plan de expansión comercial, Plan de innovación, entre otros.

c. Línea 3: Proyectos de Segunda Oportunidad.
Se subvenciona los gastos de contratación de servicios financieros y/o jurídicos orientados en realizar un plan de refinanciación de la empresa, asesoramiento para la quita de deudas, en materia de la Ley concursal, realización de planes de reestructuración y otros servicios orientados a mejorar la solvencia y viabilidad de los negocios.

d. Línea 4: Profesionalización en la Comunicación.
Se subvencionan los gastos de contratación para la realización de un plan de marketing y comunicación por parte de profesionales en la materia. En los proyectos se podrá contemplar además gastos de realización de campañas publicitarias y acciones de marketing comercial en medios publicitarios: radio, prensa, redes sociales o cualquier otro medio de comunicación, siempre que dichos gastos no superen el 60% del gasto total del proyecto.

Requisitos:

1. Que hayan estado dados de alta y cotizando de manera ininterrumpida, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en una Mutualidad de colegio profesional de Extremadura durante los 24 meses anteriores a la fecha de la solicitud de la ayuda.

2. Que según la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio fiscal anterior a la convocatoria el solicitante haya declarado un volumen de ingresos anual de, al menos, 12.000 euros.

3. Que el solicitante no hubiera consignado en la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio fiscal anterior a la convocatoria unos rendimientos netos de actividades económicas anual superiores a 30.000 euros.

Documentos asociados

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