Ayudas para la consolidación de las organizaciones y asociaciones de productores pesqueros y acuícolas, y para la preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización elaborados por dichas organizaciones, correspondiente a la campaña 2026, reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo de la Orden de 9 de octubre de 2024.
Código de ayuda:
S24255/25Norma:
Orden de 18 de julio de 2025. Orden de 9 de octubre de 2024.Plazo de Solicitud:
Desde el 15 de septiembre hasta el 30 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de las ayudas para la consolidación de las OPP y AOP, y para la preparación y ejecución de los PPYC elaborados por dichas organizaciones, reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con el objetivo específico 2.2 del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura «Promover la comercialización, la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación dedichos productos», regulado en el artículo 26.1.b) del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y al amparo de la Orden de 9 de octubre de 2024.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Como regla general, la intensidad de la ayuda pública será del 75% para las dos líneas de ayuda.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las entidades solicitantes de las subvenciones deberán cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos generales:a) Disponer del reconocimiento como OPP, concedido por resolución de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, y estar inscritas en el Registro General de OPP regulado en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.
b) Haber obtenido la aprobación de los PPYC.
c) La actuación subvencionada deberá contribuir a los objetivos establecidos en la Política Pesquera Común (en adelante, PPC) tal y como se dispone en el artículo 2 del Reglamento (UE) núm. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre.
d) La actuación subvencionada deberá contribuir a la Estrategia, DAFO y tipo de actividad del Programa para España del FEMPA.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Línea de ayudas para la consolidación de OPP y AP- Línea de ayudas para la preparación y ejecución de los PPYC
Documentos asociados
Boletín:
22/10/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 206
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
30/07/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 145
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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Boletín:
30/07/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 145
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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