Ayudas para la conservación y caracterización de los recursos genéticos animales - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S67819/07

Norma:

ORDEN de 30 de mayo de 2008. DECRETO 316/2007, de 26 de octubre. ORDEN de 9 de marzo de 2009. ORDEN de 27 de abril de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación y caracterización de los recursos genéticos animales, destinadas a las asociaciones de criadores de razas ganaderas puras que establezcan programas para la conservación de recursos genéticos animales y para la mejora de la calidad genética de los mismos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al año 2009, de conformidad con lo establecido en el Decreto 316/2007, de 26 de octubre.

Estas ayudas van dirigidas a las siguientes actividades:

1) Creación y mantenimiento de libros genealógicos.
2) Pruebas destinadas a la calidad genética y control del rendimiento del ganado.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías de las ayudas a que se refiere esta Orden se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias y hasta un máximo de las cantidades previstas en el artículo 6 del Decreto 316/2007, de 26 de octubre.

El pago de las ayudas se realizará, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos, mediante transferencia bancaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas previstas en el presente Decreto las organizaciones o asociaciones de criadores de razas ganaderas puras que carezcan de ánimo de lucro y reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o por la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las líneas de ayudas para la conservación y caracterización de los recursos genéticos animales, son las que se citan a continuación:

1) Creación y mantenimiento de libros genealógicos.
2) Pruebas destinadas a la calidad genética y control del rendimiento del ganado.

Los conceptos subvencionables de la actividad “Creación y Mantenimiento de libros genealógicos”, son los siguientes:

a) Local u oficina para la gestión de la conservación de los recursos genéticos incluyendo:
– El alquiler, o arrendamiento financiero del local u oficina o amortización referida a capitales ajenos destinados a la adquisición del inmueble por un importe máximo de 10.000 euros al año. La amortización contable del local ya pagado por el beneficiario de la ayuda deberá ser en las condiciones establecidas en
el artículo 31.6 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
– Los gastos corrientes: luz, agua, teléfono, limpieza, seguridad, seguros, cuota comunidad y cualquier otro gasto para el funcionamiento, de los locales especificados en el párrafo anterior.
– Adquisición, arrendamiento, arrendamiento financiero o arrendamiento con opción de compra, de ordenadores y material informático y su mantenimiento y actualización.
– Adquisición de material de oficina no inventariable.
– Amortización del material y equipos inventariables.
b) Contratación y gastos del personal técnico y administrativo, o con experiencia en calificación de animales: sueldos y cotizaciones a la Seguridad Social a cargo de la entidad beneficiaria.
c) Los gastos de dietas y kilometraje relacionados con la actividad, así como en su defecto el renting-leasing de los vehículos, debiendo entenderse que sólo se admitirá uno de los gastos realizados.
d) Seguros del personal contratado.
e) Gastos de Servicios externos para el desarrollo de la actividad subvencionada.
f) Gastos derivados de la creación del registro de ganadería y su publicación relacionados con la creación y/o modificación de los libros genealógicos.
g) Material de identificación animal, exceptuando la identificación individual obligatoria. Material para el manejo de los animales (lazos, cepo, báscula, etc.), toma de muestras, envío de muestras y análisis de laboratorios, para los efectos del Libro Genealógico:
inscripción, calificación y control de filiaciones.
h) Gastos derivados de la realización de programas de conservación de las razas de protección especial o en peligro de extinción.
i) Realización por terceros de estudios genéticos sobre la raza, o la edición o publicación de los Libros Genealógicos y los Catálogos de sementales y hembras reproductoras.
j) Preparación de Jueces Calificadores: alquiler del lugar, local o instalaciones donde se realice la preparación, edición y distribución del material de preparación, honorarios de los preparadores, incluidos sus gastos de viajes, alojamiento y manutención.
k) Otros conceptos relacionados con la actividad.

Los conceptos subvencionables de la actividad “Pruebas destinadas a la calidad genética y control del rendimiento del ganado”, son los siguientes:

a) Costes relacionados con las valoraciones genéticas de los reproductores o futuros reproductores.
b) Arrendamiento de locales, oficinas o explotaciones, utilizados en la realización de pruebas de valoración genética.
c) Gastos de transporte y alimentación.
d) Contratación y gastos de personal técnico y administrativo.
e) Adquisición, arrendamiento, arrendamiento financiero o arrendamiento con opción de compra, de ordenadores y material informático y su mantenimiento y actualización.
f) Gastos de Servicios externos para el desarrollo de la actividad subvencionada.
g) Material de identificación animal, exceptuando la identificación individual obligatoria. Material para el manejo de los animales (lazos, cepo, báscula, etc.).
h) Realización de análisis genéticos para detectar y prevenir las alteraciones genéticas o cromosómica que afecten a los índices de producción o reproducción, así como para la detección de genes de mejora genética.
i) Realización por terceros de estudios genéticos sobre la raza u otros trabajos relacionados con la calidad genética y rendimiento cárnico.
j) Edición o publicación de los catálogos de sementales.
k) Otros conceptos relacionados con la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 03/11/2007
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 127
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Boletín: 11/06/2008
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