Ayudas para la compensación no renovable a las personas pescadoras afectadas por el cese en la actividad pesquera como consecuencia de una paralización definitiva de embarcaciones de pesca en el ámbito de las compensaciones socioeconómicas para la gestión de la flota pesquera que establece el Fondo Europeo de la Pesca.- Convocatoria año 2015.
Código de ayuda:
S40655/14Norma:
ORDEN AAM/253/2014, de 31 de julio. ORDEN ARP/227/2015, de 15 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de agosto de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La compensación socioeconómica por los cambios producidos en el sector pesquero, y concretamente, por la compensación no renovable a las personas pescadoras afectadas por el cese en la actividad pesquera como consecuencia de una paralización definitiva de embarcaciones de pesca.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la compensación socioeconómica no renovable a personas pescadoras por paralización definitiva, el importe máximo a percibir es de 10.500,00 euros por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas pescadoras. A los efectos de estas bases, se entenderá por persona pescadora quien ejerce su actividad profesional principal por cuenta ajena a bordo de una embarcación de pesca marítima en activo.Las personas pescadoras que soliciten acogerse a la medida de compensación no renovable por paralización definitiva deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar y haber
cotizado durante un período mínimo de doce meses.
b) Tener menos de 55 años de edad o, si es mayor, no tener la posibilidad de jubilarse.
c) Estar enrolado, de alta o en alguna de las situaciones asimiladas al alta, es decir, que tiene reserva de puesto de trabajo, a la embarcación objeto de la ayuda estructural, hasta el momento en que el armador solicitó la ayuda a la parada definitiva de la embarcación.
Documentos asociados
Boletín:
08/08/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6682
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
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Boletín:
06/10/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6721
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
24/07/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6920
Documento: Bases y Convocatoria 2015 Descargar Documento
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