Ayudas para la clausura total o parcial de depósitos controlados para residuos municipales de titularidad pública y de puntos de vertido incontrolado de residuos de construccion para el año 2010, y se publican sus bases.- Modificación.
Código de ayuda:
S73519/09Norma:
RESOLUCION MAH/3376/2009, de 26 de noviembre. RESOLUCIÓN TES/359/2013, de 2 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/02/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La clausura y la revegetación de depósitos controlados de residuos municipales de titularidad pública y de puntos de vertido incontrolado de residuos de la construcción, con las medidas correctoras adecuadas para eliminar los impactos ambientales ocasionados, y comprenden la redacción del proyecto, la ejecución y la dirección de la obra.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención podrá alcanzar el 100 % si se cumplen los requisitos que establecen los programas de gestión de residuos aprobados por la Agencia de Residuos de Cataluña, y podrá incluir las siguientes actuaciones: la clausura total o parcial de depósitos controlados de residuos municipales de titularidad pública y la clausura de puntos de vertido incontrolado de residuos de la construcción (redaccióndel proyecto, ejecución y dirección de obras), y la revegetación (redacción del proyecto, ejecución y dirección de obras).
El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de una cantidad que aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad que debe desarrollar el beneficiario, de acuerdo con el artículo 94 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los beneficiarios de las ayudas deberán ser propietarios o poseedores del suelo en el que se lleve a cabo la actuación objeto de la subvención.Pueden concurrir a esta convocatoria los entes locales (los ayuntamientos, las entidades municipales descentralizadas, los consejos comarcales, las mancomunidades de municipios, los consorcios y las diputaciones, entre otras) previa adhesión a la plataforma EACAT.
En caso de que la solicitud sea presentada por un ente supramunicipal, esta deberá indicar si actúa en nombre propio o lo hace en virtud de una petición de gestión previamente formalizada con los entes locales correspondientes.
Documentos asociados
Boletín:
04/12/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5520
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5520
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín:
28/02/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6325
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6325
Documento: Modificación Descargar Documento