Ayudas para la asistencia a actividades formativas de larga duración.

Código de ayuda:

S06619/05

Norma:

Resolución de 11 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

1er. Semestre: hasta el 19 de marzo; 2º Semestre: del 15 de junio al 15 de agosto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para la realización de actividades formativas individualizadas de larga duración y alto nivel en áreas prioritarias para el sector salud en Asturias, con el objeto de promover la calidad y la innovación en los servicios sanitarios a través del desarrollo de programas o actividades de ampliación de estudios.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sanitarios (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda concedida podrá ser hasta del 100% de la cantidad solicitada.

El importe de la ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los profesionales que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser licenciado o diplomado, destinado en un puesto de trabajo de los grupos A o B en el Principado de Asturias.
b) Tener la condición de personal en activo, o estar en el penúltimo año del período de formación sanitaria especializada, o estar realizando actividades de investigación en los Centros Sanitarios, en la Administración Sanitaria del Principado de Asturias o en centros hospitalarios privados dependientes de instituciones o fundaciones sin ánimo de lucro que se vinculen a la Red Hospitalaria Pública del Principado de Asturias, mediante la formalización de un convenio singular.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán concederse ayudas.
1. Para la inscripción en cursos no pertenecientes a programas de primer, segundo o tercer ciclo universitarios, en instituciones académicas reconocidas. Tales cursos han de tener una duración igual o superior a 250 horas, priorizándose aquellos que se desarrollen fuera de nuestra Comunidad Autónoma y se realicen mediante formación presencial.
2. Para la realización de actividades de perfeccionamiento y adquisición de nuevos conocimientos y/o destrezas en centros sanitarios de reconocido prestigio, pioneros o con gran experiencia en la materia de aprendizaje y acreditados para la docencia en ámbitos nacional o internacional, con una duración igual o superior a 1 mes, priorizándose las de duración igual o superior a 3 meses y las que se realicen fuera de nuestra Comunidad Autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 17/02/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 39
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento