Ayudas para la ampliación de las actuaciones a desarrollar por los Centros de Difusión Tecnológica.
Código de ayuda:
S12473/06Norma:
ORDEN 729/2006, de 28 de marzo.Plazo de Solicitud:
1 mes desde la correspondiente convocatoria anual. Para 2006, hasta el 29 de mayo.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de ayudas a los organismos intermedios y Entes Locales, o entidades vinculadas a los mismos en la Comunidad de Madrid, con motivo de la ampliación de las actuaciones a desarrollar por los Centros de Difusión Tecnológica gestionados mediante las Órdenes 1707/2005, de 30 de marzo, y 4452/2005, de 22 de julio, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Los organismos intermedios, Entes Locales y entidades vinculadas a los mismos en la Comunidad de Madrid que gestionen un Centro de Difusión Tecnológica, al amparo de las Órdenes 1707/2005, de 30 de marzo, y 4452/2005, de 22 de julio, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.Tendrán consideración de organismos intermedios:
a) Aquellas organizaciones públicas, administraciones corporativas y organizaciones privadas, cualquiera que sea su estado fundacional, con personalidad jurídica propia que, sin ánimo de lucro y con carácter habitual, presten servicios de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, mediante la realización de programas comunes de asistencia o la oferta de servicios que contribuyan a la promoción y mejora de la gestión de las Pymes.
b) Las organizaciones que, con ánimo de lucro y forma jurídica de unión temporal de empresas o asociaciones, estén constituidas por Pymes y cumplan las finalidades del párrafo anterior.
c) Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios de carácter empresarial a las Pymes.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones a desarrollar se establecen en los siguientes grupos:— Convenios con Parques Tecnológicos.
— Diagnósticos tecnológicos.
— Búsqueda y difusión de información tecnológica.
— Divulgación de proyectos de demostración.
— Foros tecnológicos.
En esta convocatoria, tendrán la consideración de gastos subvencionables los que se realicen entre el 1 de enero de 2006 y el 30 de septiembre de 2007, ambos inclusive.
Documentos asociados
Boletín:
28/04/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento