Ayudas para la adquisición de vehículos quitanieves.
Código de ayuda:
S28100/05Norma:
ORDEN GAP/225/2005, de 20 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: Sin determinarFinalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas a ayuntamientos, mancomunidades de municipios y consejos comarcales del Alt Pirineu, para la adquisición de vehículos quitanieves.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos, los consejos comarcales y las mancomunidades de municipios integrados en las comarcas L'Alta Ribagorça, L'Alt Urgell, La Cerdanya, El Pallars Jussà, El Pallars Sobirà, El Ripollès y Era Val d'Aran.Requisitos:
1. Municipios.a) Tener una población máxima de 1.000 habitantes.
b) Tener una red viaria de titularidad municipal o de uso público de acceso a zonas habitadas de un mínimo de 25 kilómetros de longitud.
c) Tener habitualmente problemas de movilidad y circulación en carreteras y calles por causa de la nieve y/o las heladas.
d) Disponer de varios núcleos, pueblos, vecindarios o casas aisladas habitadas de forma permanente, en cotas superiores a los 1.000 metros.
e) No tener delegadas en el consejo comarcal las competencias de mantenimiento de la red viaria y la vía pública ni formar parte de ninguna mancomunidad que tenga estas competencias.
f) Disponer de presupuesto suficiente para hacer frente a los gastos de mantenimiento de un vehículo quitanieves.
2. Mancomunidades de municipios.
a) Estar formadas por un mínimo de dos municipios que reúnan los requisitos de población y los núcleos establecidos en los apartados 2.a) y 2.d) y que tengan habitualmente los problemas de movilidad establecidos en el apartado 2.2.c).
b) Que la longitud global de la red viaria, de titularidad municipal o de uso público local de acceso a zonas habitadas, de los municipios que la integran, tenga un mínimo de 50 kilómetros.
b) Tener, de acuerdo con sus estatutos, las competencias de mantenimiento de la red viaria y la vía pública de los municipios que la integran.
c) Disponer de presupuesto suficiente para hacer frente a los gastos de mantenimiento del vehículo quitanieves.
3. Consejos comarcales.
a) Ser uno de los consejos comarcales de las comarcas beneficiarias de acuerdo con lo que dispone la base 1.
b) Incluir, en su ámbito territorial de competencia, un mínimo de un 70% de municipios que reúnan los requisitos de población y núcleos establecidos en los apartados 2.a) y 2.d) y que tengan habitualmente los problemas de movilidad establecidos en el apartado 2.c).
c) Que la longitud global de la red viaria de titularidad municipal o de uso público local de acceso a zonas habitadas de los municipios que integran la comarca tenga un mínimo de 50 kilómetros.
d) Tener expresamente delegadas las competencias municipales de mantenimiento de la red viaria.
e) Disponer de presupuesto suficiente para hacer frente a los gastos de mantenimiento del vehículo quitanieves.
Documentos asociados
Boletín:
26/05/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4392
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4392
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento