Ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario.

Código de ayuda:

S59755/05

Norma:

Decreto 4777/2005, de 12 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de la subvenciones destinadas a la adquisición por los centros de libros de texto y material didáctico complementario para sus alumnos y alumnas matriculados en centros docentes del municipio de San Cristóbal de La Laguna y sostenidos íntegramente con fondos públicos.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

• Los alumnos/as matriculados en centros docentes del municipio de San Cristóbal de La Laguna y residentes en el mismo y que se encuentren matriculados en cualquiera de los siguientes cursos:
- Educación Infantil (de 3 a 5 años).
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son actividades o conceptos subvencionables, los siguientes:
• La adquisición de libros de texto.
• Material didáctico complementario (cuadernos de ejercicios, material de escritura y/o dibujo, cartulinas, folios, plastilina y similares, etc.).

Las actividades o conceptos subvencionables se sujetarán a los siguientes requisitos:
• El destino del material adquirido debe estar claramente determinado de forma individual para cada alumno/a beneficiario.
• Queda expresamente excluida la compra de material inventariable.

Requisitos:

Las ayudas pondrán ser solicitadas por las familias de aquellos alumnos cuya renta y patrimonio familiares en el año 2004 no haya superado los umbrales máximos siguientes:

Número de miembros en la familia - Euros:
Un miembro 9.015,18 euros
Dos miembros 13.823,28 euros
Tres miembros 18.631,38 euros
Cuatro miembros 22.838,46 euros
Cinco miembros 25.843,52 euros
Seis miembros 30.651,62 euros
Siete miembros 35.459,71 euros
Ocho miembros 40.267,81 euros

Apartir del octavo miembro, se añadirán 3.005,06 euros por cada nuevo miembro computable.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2005
BO Provincia de Tenerife- Nº 210
Documento: Regulación, Convocatoria 2005/06 y Anexos Descargar Documento