Ayudas para la adquisición de libros de texto, dentro del programa "Universalización los libros de texto 2011-2012 ", dirigidas a los centros educativos sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de educación infantil y educación primaria.

Código de ayuda:

S43082/11

Norma:

Santa Coloma de Gramenet, 18 d’agost de 2011.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para libros de texto para el curso 2011-2012, dentro del Programa "Universalización de libros de texto" para las enseñanzas de 2 º ciclo de educación infantil y educación primaria.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas objeto de esta convocatoria se concederán a los centros educativos en función del número de grupo / clase, determinados por el Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña, ya razón de las siguientes cantidades máximas:

Curso Módulo máximo por grupo / clase.

P3 (educación infantil) 1.750 €.

P4 (educación infantil) 1.750 €.

P5 (educación infantil) 1.750 €.

1 º de educación primaria € 1.750.

2 º de educación primaria € 1.750.

3 º de educación primaria € 2.250.

4 º de educación primaria € 2.250.

5 º de educación primaria € 2.250.

6 º de educación primaria € 2.250.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los centros educativos sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de educación infantil y educación primaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de:

a. El material impreso, de carácter duradero, con la finalidad que el alumnado lo utilice, y que desarrolle, atendiendo a las orientaciones metodológicas y criterios de evaluación correspondientes, los contenidos establecidos por los diferentes currículos vigentes en las áreas, materias o asignaturas y los ciclos o cursos de que se trate.

b. Aquel otro material curricular no fungible que contribuya a desarrollar los contenidos establecidos en los currículos, incluido aquel material de elaboración propia de los centros educativos, siempre que también tenga un carácter duradero y sea para la utilización por parte de los alumnos.

Documentos asociados

Boletín: 05/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5956
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 05/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5956
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento