Ayudas para la adaptación de los instrumentos de planeamiento al Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria.

Código de ayuda:

S55073/05

Norma:

Consejo de 3 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/12/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Ordenanza es regular el procedimiento, criterios y requisitos para la concesión, en el ejercicio del año 2005 y a partir de la publicación de la misma, de subvenciones a los ayuntamientos, para la contratación de personal competente, en asistencia técnica, para la ejecución de la adaptación de los instrumentos de ordenación de inferior rango al Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Cabildo Insular de Gran Canaria (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos, que precisen de la contratación de personal competente, en asistencia técnica, para la ejecución de la adaptación de los instrumentos de ordenación de inferior rango al Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria.

Requisitos:

a) No hallarse incurso en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
b) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto en cualquier administración pública.
c) No haber recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, declarar el importe de las recibidas.
d) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria.
e) Comunicar al Excmo. Cabildo de Gran Canaria las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación, que en relación con las subvenciones concedidas, se
practiquen por los órganos competentes.
g) Autorizar al Cabildo de Gran Canaria para divulgar las actuaciones subvencionadas.

Además de los requisitos señalados, los ayuntamientos deberán estar dados de alta de terceros en el sistema informático contable del Cabildo de Gran Canaria.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2005
BO Provincia de Las Palmas- Nº 150
Documento: Ordenanza Reguladora Descargar Documento