Ayudas para la actualización de infraestructura tecnológica en Pymes hoteleras de la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S71973/09

Norma:

Orden de 19 de noviembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones de la Consejería de Economía y Hacienda, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la actualización de infraestructura tecnológica en pymes hoteleras de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se determinará en cada caso en función de los criterios de evaluación y de las disponibilidades presupuestarias, siendo su máximo 20.000 euros por solicitud de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A los efectos de las presentes ayudas se entenderá por PYME hotelera:

a) Establecimientos hoteleros definidos en el artículo 14 de la Ley 11/1997, de 12 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia, y que se encuentren inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, según los procedimientos establecidos en el Decreto número 91/2005, de
22 de julio, por el que se regulan los establecimientos hoteleros en la Región de Murcia.

b) Apartamentos turísticos definidos en el artículo 2 del Decreto número 75/2005, de 24 de junio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y alojamientos vacacionales, y que se encuentren inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.

c) Campamentos públicos de turismo definidos en el artículo 1 del Decreto número 19/1985, de 8 de marzo, sobre Ordenación de Campamentos Públicos de Turismo, modificado por el Decreto nº 108/1988, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto N.º 19/1985, de 8 de marzo, sobre Ordenación de
Campamentos Públicos de Turismo, y que se encuentren inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Consultar artículo 9 de la presente convocatoria.

Requisitos:

a) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las mismas estén garantizadas o se hubiere acordado la suspensión del procedimiento ejecutivo.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

d) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento para obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 271
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento