Ayudas para la Renovación del Parque Nacional de Tractores.

Código de ayuda:

S20346/06

Norma:

Orden de 24-05-2005. Orden de 22-06-2005. Resolución de 31-01-2006. Resolución de 20-06-2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha las normas a las que habrán de atenerse los titulares de explotaciones agrarias, las cooperativas agrarias y las de explotación comunitaria de la tierra, radicadas en Castilla-La Mancha, para acceder a las subvenciones reguladas por el R.D. 178/2005, de 18 de febrero, por la que se regula la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de tractores.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- La cuantía base de la ayuda se establece en 30 eu. por caballo de vapor (CV) de la potencia homologada del tractor achatarrado. Esta cuantía se incrementa en las cuantías siguientes:
a) Por ser titular de una explotación agraria prioritaria, en 20 eu. por CV.
b) Por ser agricultor jóven que sustituya el tractor simultáneamente con su primera instalación o en los cinco años siguientes a esta, en 25 eu. por CV.
c) Por estar la explotación en zona calificada como desfavorecida, en 10 eu. por CV.
- En el caso de que el beneficiario sea una cooperativa agraria o una cooperativa de explotación comunitaria de la tierra, la cuantía total de la ayuda será de 120 eu. por CV del tractor achatarrado.
- El solicitante podrá achatarrar más de un tractor antiguo y adquirir un solo tractor nuevo, siempre que la cuantía total de las ayudas que pueda percibir no sobrepase los límites máximos especificados en el artículo 4 del Real Decreto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Titulares de explotaciones agrarias, cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra, radicadas en Castilla-La Mancha.

Requisitos:

- Acreditar la viabilidad económica de la explotación.
- No utilizar el tractor para incrementar producciones sin salidas normales en el mercado.
- Poseer una cualificación profesional suficciente.
- Cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.
- Ser titular del tractor nuevo y del tractor o tractores achatarrados.
- Comprometerse a no enajenar el nuevo tractor durante un plazo de cinco años.
- Si se trata de personas jurídicas, acreditar que su actividad principal es la agraria.
- El tractor antiguo que se achatarra deberá tener más de 20 años de antigüedad, estar inscrito en el ROMA durante los tres últimos años, ser entregado a un centro autorizado de tratamiento o en una instalación de recepción y causar baja definitiva en el ROMA.
- El tractor nuevo deberá ser de primera adquisición y quedar inscrito como tal en el ROMA correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 111
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 06/07/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 134
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 16/02/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 35
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 29/06/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 133
Documento: Modificación Descargar Documento