Ayudas para la Mejora de la Producción y Comercialización de la Miel en el año 2005.

Código de ayuda:

S07591/05

Norma:

Orden GAN 8/2005, de 7 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aplicar el régimen de ayudas para el fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) 797/2004 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Ayudas orientadas a la asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores con el fin de mejorar las condiciones de producción y de extracción de la miel:
- Inversiones en medios de divulgación técnica y en cursos de formación.
El importe de la ayuda podrá alcanzar el 90% de su coste.

b) Ayudas encaminadas a la lucha contra la varroasis y mejora de las condiciones de tratamiento de las colmenas.
- Compra de productos autorizados para tratamientos de enfermedades apícolas.
Podrá subvencionarse hasta el 70% de su coste.
- Compra de material apícola que suponga una mejora en el desarrollo del programa sanitario (compra de láminas de cera y sustitución de colmenas).
Podrá subvencionarse hasta el 70% de su coste.
El número de colmenas a sustituir, no podrá superar el 20% del censo de colmenas que consten en el Registro de Explotaciones
Apícolas, con las láminas de cera correspondientes.
- En los casos de sustitución de colmenas se exigirá un certificado del Servicio de Producción Animal acreditando la destrucción de las colmenas que van a ser sustituidas.

c) Ayudas destinadas a la racionalización de la trashumancia:
- Identificación de colmenas y cuadros.
Podrá subvencionarse hasta el 70% de su coste, con un máximo de 3 euros por colmena.
- Inversiones en adquisición de medios de transporte y manejo de colmenas, incluyendo remolques y carretillas, mallas de cobertura, sistemas móviles de extracción de la miel, así como otros equipos y útiles necesarios en la trashumancia.
Se podrán subvencionar hasta el 50% de su coste.
- Contratación de seguros de responsabilidad civil para las colmenas.
Se podrá subvencionar hasta el 50% de su coste.
- Gastos de mejora y acondicionamiento de asentamientos, caminos y sendas.
Se podrá subvencionar hasta el 50% de su coste.
- No se subvencionará la adquisición de vehículos a motor ni grúas.

d) Ayudas destinadas a medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de las características fisico-quimicas de la miel:
- Adquisición de aparatos de análisis fisico-químico de la miel.
Se podrá subvencionar hasta el 70% de su coste.
- Contratación de servicios de análisis de miel.
Podrán subvencionarse hasta con el 70% del coste de los análisis.
e) Medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola comunitaria.
- Gastos en la adquisición de reinas de razas autóctonas para reponer bajas por trashumancia.
Se podrá subvencionar hasta el 50% de su coste.
- Gastos por la compra de colonias.
Se podrá subvencionar hasta el 50 % de su coste.
La subvención máxima a conceder se fijará en función de la clasificación de explotaciones apícolas establecida en el artículo 2.g del Real Decreto 209/2.002 de 22 de febrero, y será:
1.- Explotación de autoconsumo: 600 euros.
2.- Explotación no profesional: 3.000 euros.
3.- Explotación profesional: 18.000 euros.
4.- Agrupaciones de al menos tres titulares: 60.100 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas inscritos con anterioridad al 1 de enero de 2004 en el Registro de Explotaciones Apícolas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) También tendrán acceso a esta línea de ayudas las Agrupaciones de Apicultores, siempre y cuando cuenten con personalidad jurídica como grupo y al menos el 51% de sus miembros cumpla las condiciones del párrafo anterior.

Además, para las medidas de ayuda previstas en la letra d) del artículo 2, los beneficiarios podrán ser también los laboratorios que efectúen o puedan efectuar análisis de las características físico-químicas de la miel, debidamente reconocidos por la Dirección General de Ganadería.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades encaminadas a:
a) Asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores.
b) Lucha contra la varroasis.
c) Racionalización de la trashumancia.
d) Establecer medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de las características fisicoquímicas de la miel.
e) Medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola comunitaria.

Documentos asociados

Boletín: 22/02/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 36
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento