Ayudas para inversiones de empresas artesanas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S11300/14

Norma:

ORDEN FORAL 31E/2014, de 17 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen de ayudas para la realización de inversiones por parte de las empresas artesanas de Navarra, al objeto de contribuir a la modernización de sus talleres y equipamientos, con el objetivo de incrementar su competitividad y de mejorar sus estructuras y su gestión.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión mínima debe alcanzar al menos 6.000 euros de base imponible para el apartado 2.a) y de 2.000 euros de base imponible para el apartado 2.b).
La subvención consistirá en un porcentaje del 50% del importe de las inversiones subvencionables acogibles (IVA excluido) conforme a los siguientes máximos:

–Inversiones establecidas en el apartado 2.a): 6.000 euros por beneficiario.

–Inversiones establecidas en el apartado 2.b): 3.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Realización de obras necesarias para implantar, modernizar, rehabilitar, reformar o acondicionar los talleres y locales en los que, de forma independiente y separada, se desarrolle la actividad empresarial artesana.

En ningún caso, se subvencionarán aquellas obras que estén destinadas a mejorar la vivienda particular y no a mejorar las condiciones en las que se desarrolla la actividad artesana, siendo subvencionable, cuando las obras afecten a ambos espacios, exclusivamente la parte proporcional de las construcciones e inversiones que se destinen al taller y tengan una vinculación directa e inequívoca con la realización del oficio artesano.

Se incluyen como conceptos acogibles la redacción del proyecto técnico, la dirección de obra y la licencia de obras.

b) Adquisición, montaje e instalación de maquinaria, instalaciones y útiles de producción específicos, necesarios e imprescindibles para el desarrollo de la actividad. Se exceptúan los bienes fungibles, la materia prima o aquellos gastos que intervengan en la elaboración del producto, así como la adquisición de maquinaria o equipos de segunda mano y el mobiliario de oficina.

Requisitos:

a) Estar inscrito en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra a fecha de 1 de enero de 2013.

b) Tener en vigor el carnet que acredita la condición de empresa artesana de Navarra en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

c) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acredita mediante una “declaración responsable” incluida en el formulario de solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento