Ayudas para iniciativas destinadas a aumentar los estrenos comerciales de largometrajes doblados o subtitulados en lengua catalana.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S09491/10

Norma:

Orden VCP/60/2010, de 28 de enero. Resolucion VCP/684/2010, de 5 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/1291/2011, de 9 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria pública para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para iniciativas destinadas a aumentar los estrenos comerciales de largometrajes doblados o subtitulados en lengua catalana para el año 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas de distribución cinematográfica que estén interesadas en realizar el doblaje o la subtitulación en catalán de largometrajes en versión original en lengua no oficial en Cataluña y de cualquier procedencia, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Para gastos de doblaje al catalán de largometrajes.

b) Para gastos de subtitulación al catalán de largometrajes.

c) Para gastos de copia en formato de 35 mm o en formato digital.

d) Para gastos de material promocional.

Requisitos:

a) Los largometrajes para los que se solicite una subvención no tienen que haber recibido previamente ayudas en la producción cinematográfica por parte de la Generalidad de Cataluña a través del Instituto Catalán de las Industrias Culturales.

b) Para poder optar a una subvención para doblaje al catalán:

Las empresas distribuidoras tienen que estrenar los largometrajes en Cataluña exclusivamente en su versión catalana o simultáneamente con la castellana.

Las empresas distribuidoras tienen que efectuar un tiraje mínimo de doce copias de la versión doblada en catalán. Cuando el número total de copias que se estrenen en Cataluña sea inferior a 30, el mínimo se establece en 6 copias en catalán.

Las empresas distribuidoras tienen que estrenar la versión doblada al catalán en un mínimo de doce pantallas, de las cuales al menos dos se tienen que estrenar en Barcelona. Si el total de copias que se estrenan en Cataluña es inferior a 30, el mínimo de copias en catalán son 6, de las cuales al menos una se estrenará en Barcelona.

c) Para poder optar a una subvención para la subtitulación al catalán:

Las empresas distribuidoras tienen que tener garantizada la colaboración con exhibidores concretos.

d) Para poder optar a una subvención para el doblaje o la subtitulación al catalán, se tendrá que obtener una puntuación superior a 50 puntos en la valoración efectuada por un órgano colegiado, de acuerdo unos criterios concretos (ver punto 4 de la Orden).

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5570
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5589
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 26/05/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5887
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento