Ayudas para incentivar las acciones transnacionales de colaboracion en investigacion y desarrollo (I+D) entre Cataluña y otras regiones o paises de interes estrategico para Cataluña.- Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S52328/10Norma:
RESOLUCIÓN IUE/2819/2010, de 30 de julio.Plazo de Solicitud:
Se establecen tres plazos: 1º.- 08/09/10 a 15/10/10. 2º.- 16/10/10 a 15/12/10. 3º.- 16/12/10 a 15/03/11.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Otorgar ayudas a las acciones transnacionales de colaboración en I+D entre Cataluña y otras regiones o países de interés estratégicos para Cataluña.Las acciones prioritarias que se financiarán con estas ayudas son:
a) La creación o consolidación de redes transnacionales de investigación.
b) La movilidad de personal investigador.
c) La organización de seminarios o reuniones científicas.
d) La preparación y el desarrollo de proyectos de investigación conjuntos.
Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la ayuda para cada acción es de 40.000,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los organismos de I+D públicos y privados de Cataluña y las empresas con establecimiento operativo en Cataluña.Se entienden por organismos de I+D públicos y privados de Cataluña: universidades, centros CERCA y otros centros de I+D, centros de la red TECNIO y hospitales de la red sanitaria de Cataluña o sus respectivas fundaciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos directamente relacionados con el desarrollo de la acción. Los conceptos de gastos financiables son los siguientes:a) Personal de investigación: las horas de dedicación a la implementación de la acción del personal eventual y permanente, hasta un máximo del 60% del presupuesto solicitado.
b) Gastos de pequeño equipamiento, instrumental y bibliográfico, dedicado exclusiva y permanentemente a la acción.
c) Adquisición de material fungible.
d) Desplazamientos de los miembros de las entidades catalanas.
e) Otros gastos relacionados con el desarrollo de la acción, como la creación de páginas web o servicios de apoyo, que deberán justificarse debidamente. Con un máximo del 20% del presupuesto solicitado en esta ayuda.
f) Subcontratación de servicios o actividades relacionados con el objeto de la ayuda y que no puede asumir directamente la entidad, siempre que se indique previamente en el presupuesto y no supere el 40% del importe total otorgado. No se podrá subcontratar la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención, y deberá poder demostrarse, si procede, que las actividades subcontratadas no las puede asumir la entidad.
Requisitos:
a) La persona responsable de la acción deberá ser doctor o doctora o acreditar una experiencia suficiente para el desarrollo de la acción propuesta.b) Deberá prestar dedicación completa y estar vinculada estatutaria o contractualmente a la plantilla de la entidad solicitante. Las personas con contratos ICREA, Ramón y Cajal u otros contratos posdoctorales con una duración mínima de dos años computan como miembros con vinculación permanente.
Documentos asociados
Boletín:
07/09/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5709
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5709
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento