Ayudas para incentivar las acciones transnacionales de colaboracion en investigacion y desarrollo (I+D) entre Cataluña y otras regiones o paises de interes estrategico para Cataluña.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S52328/10

Norma:

RESOLUCIÓN IUE/2819/2010, de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Se establecen tres plazos: 1º.- 08/09/10 a 15/10/10. 2º.- 16/10/10 a 15/12/10. 3º.- 16/12/10 a 15/03/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Otorgar ayudas a las acciones transnacionales de colaboración en I+D entre Cataluña y otras regiones o países de interés estratégicos para Cataluña.

Las acciones prioritarias que se financiarán con estas ayudas son:

a) La creación o consolidación de redes transnacionales de investigación.

b) La movilidad de personal investigador.

c) La organización de seminarios o reuniones científicas.

d) La preparación y el desarrollo de proyectos de investigación conjuntos.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda para cada acción es de 40.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los organismos de I+D públicos y privados de Cataluña y las empresas con establecimiento operativo en Cataluña.

Se entienden por organismos de I+D públicos y privados de Cataluña: universidades, centros CERCA y otros centros de I+D, centros de la red TECNIO y hospitales de la red sanitaria de Cataluña o sus respectivas fundaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos directamente relacionados con el desarrollo de la acción. Los conceptos de gastos financiables son los siguientes:

a) Personal de investigación: las horas de dedicación a la implementación de la acción del personal eventual y permanente, hasta un máximo del 60% del presupuesto solicitado.

b) Gastos de pequeño equipamiento, instrumental y bibliográfico, dedicado exclusiva y permanentemente a la acción.

c) Adquisición de material fungible.

d) Desplazamientos de los miembros de las entidades catalanas.

e) Otros gastos relacionados con el desarrollo de la acción, como la creación de páginas web o servicios de apoyo, que deberán justificarse debidamente. Con un máximo del 20% del presupuesto solicitado en esta ayuda.

f) Subcontratación de servicios o actividades relacionados con el objeto de la ayuda y que no puede asumir directamente la entidad, siempre que se indique previamente en el presupuesto y no supere el 40% del importe total otorgado. No se podrá subcontratar la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención, y deberá poder demostrarse, si procede, que las actividades subcontratadas no las puede asumir la entidad.

Requisitos:

a) La persona responsable de la acción deberá ser doctor o doctora o acreditar una experiencia suficiente para el desarrollo de la acción propuesta.

b) Deberá prestar dedicación completa y estar vinculada estatutaria o contractualmente a la plantilla de la entidad solicitante. Las personas con contratos ICREA, Ramón y Cajal u otros contratos posdoctorales con una duración mínima de dos años computan como miembros con vinculación permanente.

Documentos asociados

Boletín: 07/09/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5709
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento