Ayudas para impulsar proyectos industriales que sean estratégicos para la reindustrialización de la Comunitat Valenciana. STRATG 2026.

Código de ayuda:

S18491/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente resolución es convocar, para el ejercicio 2026, ayudas en régimen de concurrencia
competitiva, para impulsar la realización de proyectos en la Comunitat Valenciana, que se puedan considerar estratégicos para la reindustrialización de la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El presupuesto subvencionable del proyecto en su totalidad, en el periodo 2026 a 2028, deberá ser igual o superior a 2.000.000 de euros, IVA incluido, en su caso, y sumando todos los costes subvencionables. Las solicitudes cuyos costes admitidos como subvencionables no alcancen dicho presupuesto mínimo serán desestimadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las empresas privadas industriales, así como las asociaciones empresariales y las agrupaciones empresariales innovadoras que estén directamente vinculadas a la industria de la Comunitat Valenciana, que vayan a desarrollar en el territorio de la Comunitat Valenciana los proyectos que se puedan considerar estratégicos para la reindustrialización, conforme a los criterios establecidos en el resuelvo primero y tengan, a fecha de presentación de la solicitud, al menos, a una persona trabajadora contratada por cuenta ajena. Quedan por tanto excluidas como posibles beneficiarias las personas físicas y las comunidades de bienes, así como las solicitantes que no
consten registradas como empresas en la seguridad social, las cuales serán directamente inadmitidas sin necesidad de requerimiento previo de subsanación.

Documentos asociados

Boletín: 02/07/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10396
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 02/07/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10396
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento