Ayudas para grandes inversiones relacionadas con la innovación tecnológica en la producción agrícola primaria (Programa Handitu Innova 2025).
Código de ayuda:
S31428/25Norma:
ORDEN de 29 de octubre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de noviembre de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 300.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2025, ayudas para grandes inversiones relacionadas con la innovación tecnológica en la producción agrícola primaria (Programa Handitu Innova 2025).Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
País VascoConvoca:
Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El porcentaje máximo de la ayuda será el 60 % del importe de la inversión subvencionable.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
- Personas físicas titulares o cotitulares de explotaciones familiares (agricultores a título principal).- Explotaciones asociativas (personas jurídicas: sociedades laborales, anónimas, limitadas, comunidades de bienes, sociedades civiles, cooperativas agrarias, CECA, CUMA).
- Agrupaciones de personas físicas/jurídicas.
- Dos explotaciones que realicen inversiones conjuntas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La compra o el arrendamiento financiero de maquinaria y equipos hasta el valor de mercadodel producto.
b) En el caso de las inversiones en instalaciones de regadío/riego, solo se considerarán subvencionables las que cumplan con lo establecido en las directrices 157 y 158 de las Directrices aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales (2022/C485/01).
c) Los costes generales vinculados a los gastos indicados en la letra a), como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, y los honorarios relativos al asesoramiento sobre sostenibilidad medioambiental y económica, incluidos los estudios de viabilidad; los estudios de viabilidad pueden seguir siendo gastos subvencionables aun cuando, atendiendo a sus resultados, no se sufraguen gastos de los contemplados en las letras a) y b).
d) Se entenderá como subvencionables en conjunto, un conjunto de inversiones en elementos diferentes cuando estos estén vinculados a un mismo proceso productivo.
Requisitos:
a) Que las inversiones se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del PaísVasco.
b) Que las inversiones estén ligadas a elementos, instalaciones, equipamientos e infraestructura de alta tecnología, dentro de un programa de innovación tecnológica y sean superiores a 300.000 euros.
Documentos asociados
Boletín:
13/11/2025
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 219
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 219
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
