Ayudas para gastos de Guardería de los hijos e hijas del alumnado, para el curso académico 2016-2017, financiadas por la Fundación La Caixa y Fundación CajaCanarias.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S09791/17

Norma:

Resolución de 2 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

1ª Fase: hasta el 7 de abril de 2017; 2ª Fase: de 17 de julio a 30 de septiembre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establecen ayudas para ofrecer cobertura económica al alumnado de la Universidad de La Laguna respecto de los gastos causados por hijos e hijas.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Universidad de La Laguna (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

 Fase 1. Dotada con un crédito máximo de 6.000,00 €.

 Fase 2. Dotada con un crédito máximo de 2.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Únicamente pueden optar a esta ayuda quienes estén matriculados en enseñanzas de régimen presencial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Por asistencia a una guardería o escuela infantil hasta la fecha de cumplimiento de los 3 años de edad, sin que en ningún caso la ayuda cubra gastos exclusivos de comedor.

Respecto de la primera fase de esta convocatoria, el cumplimiento del requisito al momento de formalizar la solicitud de ayuda en la fase de octubre de la convocatoria 2016 permite la admisión a trámite de la solicitud en febrero de 2017 aunque el hijo/a tenga ya cumplida dicha edad.

B. Por la utilización del servicio de comedor en el centro donde está escolarizado, entre los 3 y los 5 años de edad.

Ambas modalidades son incompatibles respecto del mismo descendiente.

Requisitos:

A.- ACADÉMICOS.

1. Para los alumnos de grado: No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que solicita la ayuda, salvo que corresponda a planes antiguos y se continúen estudios del mismo ámbito curricular

2. El alumnado de planes de estudio regulados por normativa anterior al Real Decreto 1393/2007 debe estar matriculado de un mínimo de 42 créditos o de tres asignaturas en planes no renovados.

3. El alumnado que cursa estudios de grado debe tener matrícula en un mínimo de 42 créditos cuando la modalidad de matrícula es a tiempo completo y de 24 créditos cuando es a tiempo parcial.

4. El alumnado matriculado en enseñanzas oficiales de Máster deberá estar matriculado de todos los créditos de la titulación según la legislación vigente.

5. El alumnado de Doctorado deberá estar matriculado y acreditar la tutela académica durante el curso correspondiente.

6. El alumnado de títulos propios de la Universidad de La Laguna y del Curso de Acceso para mayores de 25 o de 45 años debe acreditar la matrícula, teniendo en cuenta que el derecho a la ayuda se contrae al periodo de actividad académica que tengan los títulos y el curso.

Queda exento del requisito previsto en los apartados 2, 3 y 4 el alumnado que por finalización de estudios no pueda alcanzar el mínimo establecido en cada caso.


B.- ECONÓMICOS.

Es objetivo irrenunciable de la ULL establecer un procedimiento de baremación que garantice el otorgamiento de ayudas al alumnado que realmente las necesite en el marco de una política asistencial sostenida con fondos públicos.

Documentos asociados

Boletín: 15/03/2017
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 52
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 15/03/2017
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento