Ayudas para fomento del empleo de desempleados, para la realización de actividades que respondan a necesidades de interés colectivo.

Código de ayuda:

S05100/06

Norma:

DECRETO 38/2006, de 21 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se regula la asignación, configuración y gestión de las ayudas para fomento del empleo de desempleados, para la realización de actividades que respondan a necesidades de interés colectivo, previstas en el artículo 40 de la Ley de Presupuestos, con cargo a la Sección condicionada al empleo del Fondo Regional de Cooperación Municipal.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Tendrán la consideración de contrataciones laborales imputables al Fondo Regional de Cooperación Municipal, Sección condicionada al empleo, aquéllas que se desarrollen en los ámbitos de actuación de las referidas Corporaciones Locales, especialmente en servicios de interés colectivo, infraestructuras municipales, gestión administrativa, dinamización socio-cultural, conservación y mejora del medio natural, regeneración de espacios naturales y otras de similar naturaleza.

2. Igualmente son imputables al Fondo las contrataciones realizadas por las Corporaciones Locales subvencionadas por las administraciones públicas en la parte correspondiente a la aportación municipal en las mismas actividades indicadas en el párrafo anterior.

3. Para efectuar las contrataciones, las Entidades Locales beneficiarias deberán seleccionar a los trabajadores garantizando la observancia de los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
Asimismo, se tendrá en consideración el fomento de la contratación de trabajadores con minusvalías, pudiéndose fijar un porcentaje de contrataciones reservado a estos demandantes de empleo.

4. En el proceso de selección se valorará a aquellos desempleados que posean un mayor número de cargas familiares, tengan la consideración de parados de larga duración y no disfruten de prestación alguna por desempleo, sin perjuicio de aquellos otros méritos que por la respectiva corporación local se determinen,
dentro de este proceso de selección. Las Entidades Locales podrán constituir listas de espera.

5. Las corporaciones locales requerirán a los desempleados solicitantes la oportuna comprobación documental, debiendo éstos acreditar la condición de desempleado, quedando excluidos los demandantes de mejora de empleo.

Documentos asociados

Boletín: 28/02/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 25
Documento: Regulación y Anexos Descargar Documento