Ayudas para fomentar métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de protección del medio ambiente y laconservación del espacio y recursos naturales en Vizcaya.

Código de ayuda:

S17464/05

Norma:

Decreto Foral 35/2005, de 22 de marzo de 2005. Desarrollo en Orden Foral 2.472/2005, de 28 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establece un régimen de ayudas para el fomento de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio y recursos naturales.

Tendrán las siguientes finalidades:
- Contribuir a la realización de los objetivos de las políticas comunitarias en materia de agricultura y medio ambiente.
- Contribuir a garantizar a los/as agricultores/as una renta adecuada.

Este régimen de ayudas está destinado a:
a) Fomentar una extensificación beneficiosa para el medio ambiente de las producciones vegetales y de la ganadería, disminuyendo los posibles efectos contaminantes de la agricultura.
b) Fomentar una explotación de las tierras agrícolas compatible con la protección y la mejora del medio ambiente, del espacio natural, del paisaje, de los recursos naturales de los suelos y de la diversidad genética, promoviendo la conservación de especies y razas en peligro de extinción.
c) Promover la conservación de tierras agrícolas y forestales abandonadas allí donde su mantenimiento sea necesario por motivos ecológicos o debido a peligros naturales o de incendio, para prevenir los riesgos derivados del despoblamiento de las regiones agrarias.
d) Fomentar la conservación del paisaje y patrimonio del medio rural con especial incidencia en el entorno del caserío y en los agrosistemas tradicionales.
e) Sensibilizar y formar a los/as agricultores/as en materia de producción agraria compatible con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Formación
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Diputación Foral de Vizcaya (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en cada uno de los regímenes de ayuda de que se trate.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas agroambientales de carácter horizontal aplicables a todo el Territorio Histórico de Bizkaia.
- Conservación de razas animales locales.
- Fomento de la producción agraria ecológica.
- Producción integrada.
- Cultivo de poblaciones locales de alubia.
- Apicultura para la mejora de la biodiversidad.

b) Ayudas agroambientales de carácter zonal aplicablessólo a algunas áreas del Territorio Histórico de Bizkaia: medidas zonales.
- Conservación de los pastos de montaña.
- Conservación de marismas y praderas húmedas en la Ría de Gernika. Mundaka.

c) Otras Ayudas sobre protección ambiental.
- Conservación del entorno del caserío.

d) Ayudas Nacionales.
- Producción integrada de cultivos hortícolas protegidos.

Requisitos:

Cuando se establezca que las personas beneficiarias son los/as agricultores/as o titulares de la explotación agraria, estas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) En el caso de explotaciones familiares cuyo titular sea una persona física: ser titular o cotitular de una explotación agraria. Tener cumplidos los 18 años.
b) En el caso de explotaciones asociativas cuyo titular sea una persona jurídica, al menos el50% de sus miembros deben reunir los requisitos exigidos a los/as titulares de explotaciones agrarias familiares.
c) En el caso de que en alguna medida, el requisito sea además, el de agricultor/a con dedicación principal, éste/a deberá cumplir las siguientes condiciones:
- Al menos el 50% de la renta total del titular de la explotación, deberá provenir de la actividad agraria o de actividades complementarias ejercidas en su explotación. Se consideran actividades complementarias las siguientes:
- Participación y presencia del/la titular como consecuencia de elección pública en Instituciones de carácter representativo, así como en órganos de representación sindical, cooperativa o profesional siempre que estos se hallen vinculados al sector agrario.
- Las forestales.
- Las de transformación y venta de los productos de su explotación.
- Las relacionadas con la conservación del espacio natural, protección del medio ambiente.
- Las turísticas, cinegéticas y artesanales realizadas en la explotación.
- En el caso de considerarse actividades complementarias la parte de la renta procedente directamente de la actividad agrícola y ganadera no será inferior al 25% de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado a las mismas será superior a la mitad de su tiempo de trabajo total.
- La persona solicitante, al inicio del compromiso, deberá figurar dada de alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en función de la actividad ejercida en relación con la agricultura.
d) A los efectos de la aplicación del presente Decreto, las explotaciones agrarias que pertenezcan a una comunidad de bienes o hereditaria serán consideradas explotaciones asociativas.

Cuando se establezca que los beneficiarios son las Asociaciones, éstas deberán estar legalmente constituidas y constar en su objeto social fines relacionados con este Decreto Foral.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 73
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 11/05/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 88
Documento: Desarrollo de Bases Descargar Documento
Boletín: 02/06/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 104
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento