Ayudas para fomentar la participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de las Illes Balears.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S29900/17

Norma:

Orden de 18 de marzo de 2004. Resolución de 14 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de julio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a fomentar la participación institucional de las organizaciones sindicales y sindicatos, y de las organizaciones empresariales más representativas de las Illes Balears prevista en la Ley 2/2011, de 22 de marzo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo, Comercio e Industria (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

De acuerdo con la disposición general quinta de la Ley 2/2011, la distribución de la cuantía asignada se dividirá en dos mitades iguales que se destinarán, respectivamente, a la representación empresarial y la representación sindical.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las entidades beneficiarias son las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La acción subvencionable consiste en la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en las mesas, consejos y resto de foros de participación de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria y del Servicio de Ocupación de las Illes Balears.

Requisitos:

a) No estar sometido a ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarias de las ayudas establecidas en el artículo 10 de la Ley de Subvenciones, Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

b) Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social antes de dictar la propuesta de resolución.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de dictar la propuesta de resolución.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 44
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/06/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 74
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento