Ayudas para fomentar el asociacionismo de padres y madres de alumnos (APIMA), y de alumnos (AA), correspondientes al curso 2008/2009.

Código de ayuda:

S59055/08

Norma:

Resolucion de 20 de agosto de 2008. Orden de 30 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante esta Resolución se convocan, para el curso 2008/2009, ayudas económicas destinadas a financiar parcialmente o totalmente las actividades y/o los gastos de funcionamiento ordinarios de las asociaciones de padres y madres de alumnos (en lo sucesivo, APIMA) y asociaciones de alumnos (en lo sucesivo, AA).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Modalidad A:

Las ayudas se otorgarán para una o diversas actividades y cubrirán el 40% del presupuesto total presentado, hasta un máximo de 728 euros.

Modalidad B:

Las ayudas cubrirán el 60% del presupuesto total presentado, hasta un máximo de 333 euros si el centro docente de referencia tiene más de ocho unidades, o de 483 euros, si tiene ocho o menos de ocho.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas las APIMA y las AA de centros escolares autorizados por esta Consejería, legalmente constituidas, con sede en las Illes Balears y que estén registradas en el censo de la Consejería de Educación y Cultura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de las ayudas es:

a) Incentivar la participación de las asociaciones en las actividades extraescolares, en la formación de sus miembros, en la gestión de los centros educativos, o en las de promoción de los centros docentes respectivos. Las ayudas podrán otorgarse en relación a actividades realizadas o a realizar entre los días 2 de septiembre de 2008 y 1 de septiembre de 2009.
b) Contribuir al sostenimiento de las APIMA y las AA para obtener recursos económicos para sus gastos de funcionamiento ordinarios.

En coherencia con lo que se establece en el apartado anterior, se determinan las modalidades de ayuda siguientes:

Modalidad A:

Para la realización de actividades del tipo siguiente:

a)Actividades extraescolares que favorezcan la apertura de los centros a la comunidad educativa: organización de actividades extraescolares para el alumnado y/o para sus familias fuera del horario lectivo, que se realicen dentro o fuera del recinto escolar, tanto si se realizan dentro del calendario escolar como en periodos de vacaciones.

Tipología de las actividades:
- Recibimiento de los nuevos socios
- Concursos
- Fiestas
- Edición de materiales divulgativos: revistas, boletines
- Visitas y excursiones
- Creación y mantenimiento de páginas web relacionadas con la asociación
- Actividades de ocio y/o de refuerzo educativo
- Otros

b) Actividades de formación que fomenten la participación del alumnado a través de actividades de formación para la junta directiva:
- Organización o asistencia a cursos de formación sobre el funcionamiento de una asociación.
- Organización o asistencia a cursos de formación contable.
- Organización o asistencia a cursos de formación para el liderazgo de personas.
- Organización o asistencia a cursos de formación para la dinamización de la asociación.

c) Actividades de formación que fomenten la participación de los padres, las madres o tutores del alumnado a través de actividades de formación para la junta directiva:
- Organización o asistencia a cursos de formación sobre el funcionamiento de una asociación.
- Organización o asistencia a cursos de formación contable.
- Organización o asistencia a cursos de formación para el liderazgo de personas.
- Organización o asistencia a cursos de formación para la dinamización de la asociación.

d) Actividades que fomenten la formación permanente de personas adultas:
- Organización de cursos, encuentros, conferencias, charlas, mesas redondas... en el propio centro.
- Fomento de la asistencia de las familias a actividades realizadas por otras instituciones, asociaciones u organismos, tales como conferencias, cursos, congresos y otros.

e) Actividades relacionadas con las fiestas populares (Navidad, Sant Antoni, Carnaval. . .):
- Organización de actividades como encuentros, talleres, conferencias, cenas, foguerons, bailes, etc. relacionadas con la cultura popular, que fomenten no sólo la integración cultural sino también la convivencia escolar y la interculturalidad, tanto en horario lectivo (de acuerdo con la programación general
anual del centro) como en horario no lectivo.

Modalidad B:

Para el funcionamiento de las APIMA y las AA.

Gastos subvencionables:

a) Se consideran gastos subvencionables aquéllos que de manera indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables puede ser superior al valor del mercado.
b) Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado antes de día 1 de septiembre de 2009.

Requisitos:

Son requisitos imprescindibles para solicitar y recibir las ayudas convocadas:

1. Ser una APIMA o AA de centros escolares que, según el artículo anterior, puedan ser beneficiarios de las mismas.

2. Haber presentado la solicitud y la documentación requerida en esta convocatoria, en los plazos establecidos.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 59
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/09/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 122
Documento: Convocatoria curso 2007/2008 Descargar Documento
Boletín: 11/06/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 86
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento