Ayudas para fomentar el Asociacionismo Agrario y el Redimensionamiento Empresarial de las entidades asociativas agrarias en Galicia. Y modificaciones.

Código de ayuda:

S28946/04

Norma:

Orden de 23 de diciembre de 2004. Orden de 16 de mayo de 2006. Orden de 4 de octubre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el asociacionismo agrario y el redimensionamiento empresarial de las entidades asociativas agrarias en Galicia.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades asociativas agrarias, en los casos y con los objetivos siguientes:

a) Las cooperativas de carácter agropecuario, que se constituyan en comarcas o sectores donde el asociacionismo sea inexistente o esté escasamente desarrollado, con la finalidad de realizar la transformación y/o comercialización de las producciones de los agricultores y ganaderos socios de una forma conjunta.

b) Las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra y las SAT de explotación en común, que se constituyan para mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los agricultores y ganaderos y para adaptar la producción a las necesidades del mercado
y afrontar su comercialización conjuntamente.

c) Las cooperativas y SAT resultantes de procesos de fusión, absorción o integración cooperativa en el sector agrario, que como consecuencia de dichos procesos incrementen significativamente su dimensión empresarial o ahorren costes, con la finalidad de estar en disposición de adaptar su producción a las necesidades del mercado y de afrontar la transformación y/o comercialización de los productos agroalimentarios de una forma conjunta y con mayor viabilidad.

d) Las cooperativas y SAT que realicen ampliaciones de su capital social y fondos fijos, admitiendo a agricultores y ganaderos como nuevos socios, siempre que se dediquen sus aportaciones económicas para financiar los conceptos subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Estudios de viabilidad previos, memorias técnicas, estudios socioeconómicos, auditorías y balances de fusión, programas de inversiones y actividades, y otros informes que sea necesario realizar para avalar la constitución de nuevas entidades asociativas y los procesos de fusión, absorción o integración cooperativa que se pretenden llevar a cabo, así como los gastos de asesoramiento y elaboración de estatutos, tramitación, notario y demás gastos administrativos iniciales.
La cuantía de la subvención podrá llegar hasta el 80% de estos gastos, con un límite máximo de 24.000 e.
Ningún beneficiario podrá recibir ayudas por más de 100.000 € en un mismo período de 3 años.

2. Inversiones que realicen las entidades asociativas para favorecer la transformación y/o comercialización de sus producciones, así como para la ampliación y diversificación productiva y la conservación del medio ambiente.
La cuantía de la subvención tendrá las siguientes limitaciones:
a) En el caso de las entidades asociativas resultantes de un proceso de absorción o fusión cooperativa, la subvención podrá llegar hasta el 50% del importe de las inversiones, con un límite máximo de 200.000 €.
b) En el caso de las entidades asociativas resultantes de un proceso de integración cooperativa, la subvención podrá llegar hasta el 30% del importe de las inversiones, con un límite máximo de 100.000 €.
c) En el caso de las cooperativas y SAT que se constituyan o hagan ampliaciones de su capital social y fondos fijos, la subvención podrá llegar hasta el 50% del importe de las inversiones que se realicen.
d) Con carácter general, las ayudas concedidas para inversiones guardarán proporción con el capital social y fondos fijos de la entidad asociativa beneficiaria y cumplirán todas aquellas condiciones que establece la normativa vigente en relación con las ayudas a la inversión.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 252
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 06/06/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Modificación de Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/10/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 196
Documento: Ampliación de la dotación presupuestaria 2006 Descargar Documento