Ayudas para financiar proyectos de fomento del uso del gallego de los equipos de normalización y dinamización lingüística de los centros de enseñanza privados de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios, para el año 2008.

Código de ayuda:

S04673/08

Norma:

Resolucion de 10 de enero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto convocar ayudas para contribuir a la financiación, en régimen de concurrencia competitiva, de los proyectos de fomento de uso del gallego, promovidos por los equipos de normalización y dinamización lingüística de los centros privados de enseñanza que imparten enseñanzas
regladas no universitarias durante el 2008.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda que se le podrá conceder a cada proyecto será de 2.500 euros.
Esta cuantía en ningún caso podrá superar el coste total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de los centros de enseñanza privados citados en el párrafo anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos de fomento de uso del gallego, promovidos por los equipos de normalización y dinamización lingüística de los centros privados de enseñanza que imparten enseñanzas regladas no universitarias durante el 2008.

Requisitos:

Para optar a estas ayudas, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

A) El centro de enseñanza que solicite la ayuda deberá de tener formalmente constituido el equipo de
normalización y dinamización lingüística, de acuerdo con lo previsto en el artículo 82 del Decreto
324/1996, de 26 de julio, y en el artículo 63 del Decreto 374/1996, de 17 de octubre. El equipo de
normalización y dinamización lingüística será el órgano encargado de la elaboración del proyecto.

B) Solamente se financiarán los proyectos que estén incluidos en la programación anual de actividades
aprobadas por los centros. Con carácter excepcional, debidamente justificado, en caso de equipos de nueva
creación, podrán subvencionarse proyectos que no estuviesen incluidos en la programación inicial.

C) Para solicitar las ayudas para el curso 2008, los equipos de normalización y dinamización lingüística
de los centros con ayudas concedidas para el curso 2006/2007 deberán haber justificado convenientemente, en tiempo y forma, las ayudas recibidas.

D) Los proyectos y las actividades desarrolladas al amparo de esta convocatoria deberán presentarse y
desarrollarse de acuerdo con la vigente normativa ortográfica y morfológica del idioma gallego, fijada por la Real Academia Gallega el 12 de julio de 2003, tal y como se establece en la disposición adicional de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística (DOG n.º 84, del 14 de julio). Asimismo, cuidarán
el respeto de la toponimia oficial en los términos previstos en el artículo 10 de la citada ley.

E) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la comunidad
autónoma y con la Seguridad Social. Asimismo, para optar a estas ayudas, deberán cumplirse los requisitos
y obligaciones previstos en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, a la que se somete
expresamente su tramitación.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento