Ayudas para financiar actividades de las confederaciones y federaciones de padres de alumnos y de las asociaciones de padres de alumnos de centros de educación especial para el año 2006.
Código de ayuda:
S57955/05Norma:
Orden de 13 de diciembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/01/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se hace pública la convocatoria de ayudas destinadas a subvencionar la realización de actividades por parte de las federaciones y confederaciones de padres de alumnos legalmente constituidas y de las asociaciones de padres de alumnos de centros de educación especial, desde el 1 de enero de 2006 hasta el plazo límite de justificación de gastos.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La distribución de las ayudas se hará de la siguiente forma:a) Las confederaciones recibirán una subvención que será el resultado de multiplicar el importe que se establezca por federación por el número de federaciones que integran cada confederación.
b) Las federaciones recibirán una subvención que será el resultado de multiplicar el importe que se establezca por asociación por el número de asociaciaciones que integran cada federación.
c) Las asociaciones de padres de alumnos de centros de educación especial recibirán la cuantía que se establezca y que será igual para todas las asociaciones.
Los importes resultantes podrán verse incrementados hasta un máximo de un 25% en función de los siguientes aspectos:
a) Hasta un máximo de un 10% por la realización de actividades o programas de formación a los padres,
debidamente acreditados.
b) Hasta un máximo de un 15% por la atención a población escolar de condiciones socioeconómicas desfavorecidas.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las federaciones y confederaciones de padres de alumnos así como las asociaciones de padres de alumnos de centros de educación especial que, con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, estén inscritas en el censo de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas van destinadas tanto para la realización de actividades como para sufragar gastos derivados de la gestión, administración, adquisición de material no inventariable y mantenimiento ordinario de las instalaciones que se originen en el período subvencionado.Documentos asociados
Boletín:
19/12/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 241
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 241
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento