Ayudas para ferias agrarias y concursos morfológicos y ayudas de minimis para concursos morfológicos celebrados por organizaciones o asociaciones.

Código de ayuda:

S30237/25

Norma:

Resolución de 22 de octubre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de diciembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a la celebración, para el año 2025, de las ferias agrarias y concursos morfológicos de ganado bovino y equino y ayudas de minimis para concursos morfológicos de ganado bovino y equino celebradas por organizaciones o asociaciones, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en los sectores agrario y pesquero (BOIB núm. 43, de 17 de marzo de 2005).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fogaiba (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de la ayuda no puede superar el 90,00 % de los gastos realizados y debidamente justificados. En todo caso, el importe máximo elegible en concepto de costes generales, previstos en el punto 2 del apartado cuarto, no puede superar el 10,00 % del total del coste elegible.

2. La cuantía máxima de la subvención que puede recibirse por concurso morfológico de ganado bovino o equino es de 30.000,00 €. En el caso de las ferias agrarias de Inca y de Sineu es de 10.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden beneficiarse de la actuación señalada en el punto 1.a) del apartado cuarto de esta convocatoria los ayuntamientos de las Illes Balears, las organizaciones o las asociaciones que organicen concursos morfológicos de ganado bovino o equino en las condiciones señaladas en el apartado cuarto de esta Resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Constituye una actividad subvencionable la organización o la preparación de las siguientes actividades desde el 1 de enero del 2025 hasta la fecha de solicitud de ayuda:
a. Concursos morfológicos de ganado bovino o equino.
b. Ferias agrarias de Inca y de Sineu.

2. Serán gastos subvencionables, siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionable, los siguientes:
- Publicidad y promoción: inserción de publicidad en prensa y radio y pósteres o carteles.
- Adecuación del recinto y de los animales: transporte y compra de arena, paja o serrín; alquiler de maquinaria y transporte de animales; alquiler o compra de carpas, estands o vallas; contratación de operarios para montar y desmontar y para adecuar los animales para la presentación.
- Contratación de servicios de personal: miembros de jurados, veterinarios y personal de seguridad.
- Costes generales: agua, electricidad y limpieza.
- Adquisición de material para la celebración de la feria, concurso o acto.

Documentos asociados

Boletín: 28/10/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 142
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento