Ayudas para estudios nautico y maritimo-pesqueros dependientes de la Conselleria del Mar, durante el curso academico 2010-2011, como una actividad elegible dentro del marco del Programa operativo Fondo Social Europeo Galicia 2007-2013.

Código de ayuda:

S35473/11

Norma:

ORDEN de 10 de junio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para los alumnos/as que cursen estudios de formación náutico y marítimo pesquera en los centros docentes dependientes de la Consellería del Mar, en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Mar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.- Ayudas para transporte.
Las ayudas por razón de la distancia en el transporte se diversificarán en su cuantía conforme a la siguiente escala:

– Dentro de un radio de 4 km: 63 euros.
– De 5,00 a 10,00 km: 140 euros.
– Más de 10,00 hasta 30,00 km: 250 euros.
– Más de 30,00 hasta 50,00 km: 500 euros.
– Más de 50,00 km: 620 euros.

2.- Ayudas para gastos de residencia de los alumnos que cursen estudios en los centros de Ribeira y A Illa de Arousa.

La cuantía máxima de las ayudas por razón de residencia fuera del domicilio familiar alcanzará un máximo de 1.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los alumnos/as que cursen los estudios señalados en los centros docentes dependientes de la Consellería del Mar, y que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los estudios para los cuales se podrán solicitar ayudas en el curso académico 2010/2011, son los siguientes:

1. Marítimo-pesqueros:

– Ciclos formativos de grado medio y superior de formación profesional específica de la familia profesional marítimo-pesquera.

2. Náutico-pesqueros:

– Capitán de pesca, patrono costero polivalente y patrono local de pesca.

Las ayudas podrán tener los siguientes componentes:

a) Ayuda para transporte, entendiendo como tal los gastos determinados por razón de la distancia entre el domicilio familiar del becario/a y el centro docente.

b) Ayudas para gastos derivados de la residencia fuera del domicilio familiar y durante el curso escolar, de los alumnos/as que cursen estudios en los centros de Ribeira y A Illa de Arousa, siempre que reúnan los requisitos exigidos.

Requisitos:

– Ser ciudadanos de cualquier país de la Unión Europea, o extranjeros que acrediten la residencia o estén dentro de un programa de cooperación internacional.

– Estar matriculado en el período académico 2010/2011 en un curso completo de los contemplados en el artículo 1.

– Reunir los requisitos académicos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente, no pudiendo solicitar la ayuda, el alumno repetidor, entendiendo como tal al alumno que no se pueda matricular en el segundo curso por no tener superado el porcentaje exigido en los módulos en los que había estado matriculado el curso anterior.

– No se podrá disfrutar de ayuda durante más años de los establecidos en el plan de estudios.

– No estar en posesión de título académico superior. Cuando el beneficiario objeto de esta ayuda, esté en posesión de un título que sea de un nivel o grado inferior al de los estudios que pretende realizar o que estos estudios constituyan una especialización de los ya realizados, sí tendrá derecho a solicitar la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 119
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento