Ayudas para estudios de hijos/as del personal del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) y para huérfanos/as de trabajadores/as fallecidos/as, para el curso 2005/2006.

Código de ayuda:

S17846/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para la concesión de ayudas para estudios de hijos/as del personal al servicio del SESPA y de huérfanos/as de trabajadores/as fallecidos/as para el curso 2005/2006.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sanitarios (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar dichas ayudas quienes tengan hijos/as que hayan realizado estudios durante el curso académico 2005/2006 en centros oficiales del Estado español, que habiliten para la obtención de títulos académicos o profesionales oficialmente reconocidos, siempre que los hijos o hijas para los que se solicita ayuda dependan económicamente del solicitante.

Se entenderá que existe dependencia económica cuando, en su caso, los ingresos del hijo o hija para el que se solicita la ayuda no superen el salario mínimo interprofesional durante el curso escolar 2005/2006.

Las ayudas para gastos de guardería solamente podrán ser solicitadas por el personal que tenga hijos menores de 3 años al 1-9-2005.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos por matrícula para:
Idiomas en Escuela Oficial.
Acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
Estudios de Diplomados Universitarios.
Estudios de Licenciaturas.
Estudios de Doctorados.
Estudios de Música en Conservatorios Oficiales (Grado Superior).

b) Gastos para adquisición de libros de:
Educación Infantil.
Educación Primaria.
Educación Secundaria; primero y segundo cursos de Bachillerato.
Formación Profesional de base, y Formación Profesional específica de Grado Medio y Superior.
Estudios de Música en Conservatorios Oficiales (Grado Medio y Elemental).

c) Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo (de 0 a 3 años), centros de Educación Infantil y guarderías.

d) Quedan excluidos los estudios de masters, postgraduados, estudios no oficiales y de especialización.

Requisitos:

a) El personal perteneciente o adscrito al SESPA, vinculado al mismo por una relación de empleo de carácter permanente, que se encontrase en situación de servicio activo o de excedencia por cuidado de familiares durante el primer año, durante, al menos seis meses, en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2005 y el 30 de junio de 2006.

b) El personal que tenga relación de empleo de carácter temporal con el Servicio de Salud del Principado de
Asturias (SESPA) y acredite una o varias relaciones de empleo con el Servicio de Salud del Principado de Asturias que supongan un período de servicios igual o superior a seis meses entre el 1 de septiembre de 2005 y el 30 de junio de 2006.

c) En el caso de solicitudes de ayudas para huérfanos/as, el trabajador fallecido o la trabajadora fallecida, debería tener plaza en propiedad y encontrarse en activo al momento del fallecimiento o haber prestado servicios el menos durante seis meses comprendidos en el período señalado en el apartado anterior, siendo
en el caso de menores su representante legal, quien podrá solicitar la ayuda y el propio hijo o hija si fuera mayor de edad.

Documentos asociados

Boletín: 09/06/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 132
Documento: Convocatoria curso 2005/2006 y Solicitud Descargar Documento