Ayudas para estudiantes universitarios de las comarcas de L’Alt Pirineu, La Val d’Aran y El Solsonès (APA).- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S22700/18

Norma:

RESOLUCIÓN EMC/893/2018, de 4 de mayo. RESOLUCIÓN EMC/965/2018, de 11 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de junio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas para la movilidad comarcal a las familias residentes en las comarcas del ámbito de L'Alt
Pirineu, La Val d'Aran y El Solsonès (APA), en las que alguno de sus miembros esté matriculado en una
universidad del sistema universitario de Cataluña en el curso académico para el que se solicita la ayuda.

La movilidad se entiende como desplazamiento y alojamiento fuera de la comarca donde se tiene la residencia familiar. Las familias susceptibles de recibir ayudas deben residir en una de las siguientes comarcas:

L'Alt Urgell

L'Alta Ribagorça

La Cerdanya

El Pallars Jussà

El Pallars Sobirà

El Solsonès

La Val d'Aran.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda es de 2.000,00 (dos mil) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Se pueden beneficiar los y las estudiantes que cumplan los requisitos.

Requisitos:

1. Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea. En el caso del alumnado no comunitario, será de aplicación lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y, por lo tanto, será necesario que el estudiantado mayor de 18 años se encuentre en
situación de residencia.

2. Residir en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1 en las fechas previstas en la convocatoria correspondiente. Para acreditar esta circunstancia, debe presentarse un certificado municipal de convivencia en que conste la fecha de alta en el padrón de la persona solicitante en un municipio de las comarcas mencionadas. Excepcionalmente, en caso de haberse empadronado en una fecha posterior a la prevista por la convocatoria, la persona solicitante podrá beneficiarse de estas ayudas siempre que acredite fehacientemente la residencia en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1 en el momento de presentar la solicitud.

Para demostrar este último hecho y aplicar la excepcionalidad, deberá presentarse, además del certificado de convivencia, la documentación acreditativa del centro docente de las comarcas de L'Alt Pirineu, La Val d'Aran y El Solsonès donde la persona solicitante estudió el curso inmediatamente anterior al curso para el que se solicita la ayuda o cualquier otra documentación acreditativa de esta circunstancia.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7615
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 18/05/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7622
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento