Ayudas para estudiantes universitarios/as de las comarcas del ambito de L Alt Pirineu, Aran y Solsones (APA). Curso académico 2008-2009.

Código de ayuda:

S00328/09

Norma:

RESOLUCION IUE/3909/2008, de 18 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas para movilidad comarcal a las familias residentes en las comarcas del ámbito del Alt Pirineu, Aran y Solsonès (en lo sucesivo APA) en las que alguno de sus miembros esté matriculado en una universidad del sistema universitario catalán para el curso académico para el que se solicita la ayuda (curso 2008-2009).

La movilidad se entiende como desplazamiento y alojamiento fuera de la comarca donde se tiene la residencia familiar.

Las familias susceptibles de ayudas tienen que residir en una de las comarcas siguientes:
Alt Urgell.
Alta Ribagorça.
Cerdanya.
Pallars Jussà.
Pallars Sobirà.
Solsonès.
Val d’Aran.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo por ayuda es de 2.000,00 euros, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La cantidad adjudicada a cada persona beneficiaria depende de la forma de cálculo de la ayuda detallada en el apartado III del presente anexo, del número de ayudas concedidas y de la disponibilidad presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los/las estudiantes que cumplan los requisitos siguientes:

REQUISITOS GENERALES:
1 Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea o, en el caso del estudiantado no comunitario, acreditar la condición de persona residente; queda excluido de concurrir el estudiantado que se encuentre en situación de estancia en el momento de presentar la solicitud.

2 Residir en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1 de la presente convocatoria como mínimo desde el 1 de enero de 2006. Para acreditar esa circunstancia, hay que presentar un certificado de convivencia donde conste la fecha de alta en el padrón de la persona solicitante en un municipio de las comarcas mencionadas. Excepcionalmente, en caso de haberse empadronado posteriormente al 1 de enero de 2006, se puede ser beneficiario/a de esta ayuda siempre y cuando la persona solicitante acredite fehacientemente la residencia en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1. Para demostrar este último hecho y aplicar la excepcionalidad hay que presentar, además del certificado de convivencia, la documentación acreditativa del centro docente, de las comarcas del Alt Pirineu, Aran y Solsonès, donde la persona solicitante estudió el curso 2006-2007 y/o cualquier otra documentación acreditativa de esa circunstancia.

REQUISITOS ACADÉMICOS:
1 Estar matriculado en una universidad del sistema universitario catalán para el curso 2008-2009, en unos estudios encaminados a la obtención de un título oficial de licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a, o de diplomado/a, maestro/a, ingeniero/a técnico/a o arquitecto/a técnico/a o estudios de grado.

2 Estar matriculado en unos estudios que se imparten de manera presencial.

3 Estar matriculado de un mínimo de 55 créditos, en el caso de matrícula por curso completo, o de 27,5 créditos, en los casos de matrícula semestral, por cada semestre.
En los casos de estudios de grado, estar matriculados en el curso actual de 60 créditos o de 30 créditos, en los casos de matrícula semestral, por cada semestre.
En caso de matricularse de un número inferior de créditos, deberá aportarse una acreditación del centro que justifique que se ha matriculado del número máximo de créditos de acuerdo con la organización administrativa del centro. No se pueden acoger a ese supuesto los/las estudiantes que, a causa de su rendimiento académico en los cursos anteriores, no se hayan podido matricular del número de créditos
previstos.

4 Haber superado el 80% de los créditos matriculados en el curso anterior o en el último curso realizado en enseñanzas no técnicas, y el 60% en el caso de las enseñanzas técnicas (únicamente en el caso de las personas solicitantes que no inicien por primera vez estudios universitarios el curso 2008-2009). El número de créditos mínimos matriculados en el curso anterior o en el último curso realizado debe ser de 55 créditos por estudios de licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a, o de diplomado/a, maestro/a, ingeniero/a técnico/a o arquitecto/a técnico/a y de 60 créditos para estudios de grado.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5288
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento