Ayudas para estimular la Recría de Hembras de Raza Pura en Explotaciones de Vacuno de Cantabria.
Código de ayuda:
S10146/05Norma:
Orden GAN 13/2005, de 28 de febrero.Plazo de Solicitud:
Diversos plazos: 2 ayudas hasta el 30 de mayo y otras 2 ayudas hasta el 30 de agosto (Consultar convocatoria).Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estimular la Recría de Hembras de Raza Pura en Explotaciones de Vacuno, con la finalidad de conseguir una mejora genética de la Cabaña Bovina en Cantabria.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Cualquier Persona Física o Jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sean titulares de una Explotación Ganadera de Vacuno, sita en Cantabria, o de una Explotación en la que exista Acuerdo de Colaboración en virtud de lo establecido en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Compra de Reproductoras.2. Estancia en Centros de Recría.
3. Los Programas de Recría y desarrollo de Técnicas Innovadoras.
4. Adecuación de Infraestructuras y Material de Control y seguimiento para el manejo del ganado.
Requisitos:
a) Ser titular de una explotación de ganado vacuno dedicada a la recría.b) Si se solicitan ayudas para la compra de ganado se deberán adquirir un mínimo de 4 hembras vacunas.
c) Pertenecer la explotación a una asociación de raza pura que se encuentre dada de alta en el registro de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca o pertenezcan a razas autóctonas Españolas con delegación en Cantabria.
d) Todos los efectivos bovinos de la explotación estarán en posesión de la calificación sanitaria correspondiente en el momento de la solicitud.
e) Cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar animal.
f) Tener capacidad y competencia profesional adecuados o estar en condiciones de adquirirla en un plazo máximo de 2 años desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias y Ley 4/2000, de 13 de noviembre, de modernización y desarrollo agrario.
g) Darse de alta en la Asociación que lleva el Libro Genealógico como Centro de Recría, en su caso.
h) Registrar las terneras nacidas en el Libro Genealógico de la raza y si la explotación cumple con los requisitos necesarios, en el caso de la raza frisona, inscribirse en el control lechero oficial.
i) Mantener las terneras compradas en la explotación hasta el séptimo mes de gestación como mínimo.
En el caso de que la novilla una vez parida, se mantenga en la propia explotación, no supondrá, en ningún caso aumento de la producción lechera por encima de la cantidad de referencia asignada.
j) En el caso de centros de recría, la edad a la entrada no superará los 15 meses y las novillas podrán permanecer como máximo hasta alcanzar una gestación de 8 meses. No se subvencionarán estancias de bovinos con edades superiores a los 28 meses ni cuando se decida, por cualquier motivo, que su destino no va ha ser el de reproductora. En el caso de razas autóctonas en peligro de extinción, el límite de estancia será hasta los 34 meses de edad.
k) Que las explotaciones cumplan con la normativa dictada por la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, en materia de Sanidad Animal y de Identificación y Registro de Bovinos así como también aquellas otras de obligado cumplimiento.
l) En las explotaciones de vacuno de carne se respetará la limitación sectorial, relativa a carga ganadera, prevista en el anejo 1 del Real Decreto 613/2.001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.
Documentos asociados
Boletín:
15/03/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 51
Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 51
Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento