Ayudas para estancias cortas en centros distintos al de aplicacion de las becas del Programa de Formacion de Investigadores financiadas por el Departamento de Educacion, Universidades e Investigacion.

Código de ayuda:

S71691/07

Norma:

ORDEN de 6 de noviembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Para estancias que se inicien con anterioridad al 15/03/08, hasta el 28/12/07. En todo caso, el plazo finaliza el 15/10/08.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas para estancias cortas en centros distintos al de aplicación de la beca con objeto de
financiar estancias cuya finalidad sea mejorar la forma bución en investigación científica y técnica del becario mediante trabajos de investigación en laboratorios o centros de investigación, aprendizaje de nuevas técnicas de aplicación al proyecto de investigación, consulta de fondos bibliográficos y documentales y cualquier otra actividad que, en el contexto del proyecto de tesis del becario, redunde en beneficio de la formación científica y técnica del mismo.

Quedan excluidas las asistencias a congresos, reuniones científicas y cualquier otro tipo de asistencias
que, a juicio de la Dirección de Política Científica, no se ajusten a la finalidad establecida en el párrafo anterior.

Las estancias objeto de estas ayudas deberán iniciarse en el año 2008.

Categorías Subvención

  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda para gastos de manutención será de 200 euros por semana o fracción de cuatro
o más días.

El importe de la ayuda para gastos de viaje se fijará atendiendo a la tabla establecida en el Artículo 7.
La ayuda para los gastos de viaje no cubrirá el transporte local.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Estas ayudas podrán ser solicitadas por los becarios predoctorales de los programas de Becas para Formación de Investigadores y por los becarios del programa de Becas Predoctorales asociadas a Proyectos de Investigación Específicos del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, que se encuentren en su segundo, tercero o cuarto año de disfrute de beca.

Para disfrutar de estas ayudas es condición indispensable el ser becario en activo. La concesión de ayudas para estancias a realizar en el inicio del curso 2008-2009, estará condicionada a la obtención de la renovación de la beca.

No podrán ser beneficiarios quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

La Dirección de Política Científica contratará un seguro específico cuando sea necesario en razón al nuevo destino.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La duración mínima de cada estancia será de dos semanas y su duración máxima será de doce semanas,
pudiendo realizarse varias a lo largo del año siempre que su duración acumulada no supere el citado límite de doce semanas.
La duración máxima acumulada en sucesivas estancias a conceder durante el disfrute total de la beca no excederá de 24 semanas.

Documentos asociados

Boletín: 28/11/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 229
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento