Ayudas para estancias cortas en centros distintos al de aplicación de las becas del Programa de Formación de Investigadores financiadas por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación. Y modificaciones.

Código de ayuda:

S55573/05

Norma:

ORDEN de 16 de noviembre de 2005. RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2006. Resolución de 17 de agosto de 2006.

Plazo de Solicitud:

Enero - Marzo 2006: 1 mes antes del inicio de la estancia. Resto: 2 meses. Ultimo dia 16/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas para estancias cortas en centros distintos al de aplicación de la beca con objeto de financiar estancias cuya finalidad sea mejorar la formación en investigación científica y técnica del becario
mediante trabajos de investigación en laboratorios o centros de investigación, aprendizaje de nuevas técnicas
de aplicación al proyecto de investigación, consulta de fondos bibliográficos y documentales y cualquier otra actividad que, en el contexto del proyecto de tesis del becario, redunde en beneficio de la formación científica y técnica del mismo.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Becarios predoctorales de los programas de Becas para Formación de Investigadores y por los becarios del programa de Becas Predoctorales asociadas a Proyectos de Investigación Específicos del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, que se encuentren en su tercer o cuarto año de disfrute de beca. Excepcionalmente, se admitirán solicitudes de becarios que se hallen en los dos primeros años de disfrute de la beca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las estancias objeto de estas ayudas deberán iniciarse en el año 2006.

Las estancias deberán realizarse preferiblemente en centros ubicados en países distintos a aquél en que el becario realiza su trabajo de investigación. Para los becarios que se encuentran en el extranjero, quedan expresamente excluidos los centros ubicados en España.

La duración mínima de cada estancia será de dos semanas y su duración máxima será de doce semanas,
pudiendo realizarse varias a lo largo del año siempre que su duración acumulada no supere el citado límite
de doce semanas. La duración máxima acumulada en sucesivas estancias a conceder durante el disfrute
total de la beca no excederá de 24 semanas.

Requisitos:

Para disfrutar de estas ayudas es condición indispensable el ser becario en activo. La concesión de ayudas
para estancias a realizar en el inicio del curso 2006-2007, estará condicionada a la obtención de la renovación de la beca.

Documentos asociados

Boletín: 30/11/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 228
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/07/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 133
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 19/09/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 179 ZK
Documento: Modificación Descargar Documento