Ayudas para estancias breves en centros de investigación extranjeros durante 2005.
Código de ayuda:
S23400/04Norma:
Orden 3718/2004, de 20 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Compensar los gastos por la realización de estancias breves en centros de investigación extranjeros.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe bruto de las ayudas se calculará de la siguiente forma:a) 50 euros por día de estancia en el centro en concepto de ayuda para alojamiento y manutención.
b) El importe del viaje de ida y vuelta al centro de destino, con las siguientes condiciones:
— El correspondiente a la clase turista en avión o de segunda clase en tren.
Para el cálculo de la subvención se tendrá en cuenta el importe que figure en el presupuesto de la agencia de viajes o compañía de transporte que presenten los interesados en el momento de la solicitud.
La cuantía del billete no podrá ser superior a 700 euros cuando el lugar de destino sea un país de Europa, o a 1.300 euros cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
— En caso de utilización de vehículo propio, el coste del viaje se calculará a razón de 0,15 A/km.
La estancia, a realizar en un único centro de investigación extranjero durante el año 2005, tendrá una duración ininterrumpida mínima de catorce días y máxima de ochenta y cuatro días, excepto cuando el objeto de la estancia sea la consulta bibliográfica o
documental, en cuyo caso no podrá exceder de veintiocho días.
Los becarios postdoctorales de la convocatoria de 2002 podrán solicitar ayudas para estancias de hasta ciento ochenta y dos días de duración.
Con carácter excepcional, se podrán solicitar ayudas para estancias que, comenzando en el año 2005, terminen en el 2006, respetando los límites de duración anteriormente mencionados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los beneficiarios en activo de las siguientes convocatorias de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid:— Becas del Programa de Formación de Personal Investigador.
— Becas Postdoctorales, convocatoria 2002.
— Contratos Postdoctorales, convocatoria 2002.
Los beneficiarios deberán ser becarios o contratados postdoctorales en activo de cualquiera de estos programas durante el período de realización de la estancia.
Excepcionalmente, se podrá estudiar la concesión de ayudas a los becarios de la convocatoria de FPI de 2001 que se vean en la necesidad de realizar la estancia durante el mes de diciembre de 2005, o de la convocatoria de becas postdoctorales de 2002, durante los meses de abril, mayo o junio de 2005, si queda suficientemente justificada la imposibilidad de realizarla antes de la finalización de su beca.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La estancia deberá ser necesaria para el trabajo de investigación del solicitante y tener como objetivo la adquisición de nuevas técnicas, el acceso a instalaciones científicas, la consulta de fondos bibliográficos o documentales, u otras actividades significativas que contribuyan a la mayor capacitación de los solicitantes.Quedan expresamente excluidas las ayudas para asistencia y participación en congresos, seminarios y cursos.
Requisitos:
Ver Beneficiarios.Documentos asociados
Boletín:
30/09/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 233
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 233
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Boletín:
30/09/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 233
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BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 233
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Boletín:
05/10/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 237
Documento: Corrección de Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 237
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