Ayudas para entidades deportivas aragonesas de máxima categoría para la temporada deportiva 2024/2025.

Código de ayuda:

S28064/25

Norma:

ORDEN ECD/1267/2025, de 19 de septiembre. ORDEN ECD/978/2025, de 1 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de ayudas a las entidades deportivas aragonesas de máxima categoría que se encuentren legalmente constituidas, conforme a los términos previstos en la Orden ECD/978/2025, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, y cuyo objeto es la participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional durante la temporada deportiva 2024/2025, siempre que sean realizadas por el primer equipo de la entidad.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía no podrá superar, en ningún caso, el 80% del coste total del proyecto subvencionable.

- Cuantía máxima de la ayuda individualizada para entidades deportivas que participen en competiciones de menos de un mes de duración así como en el de aquellas que participen en competiciones de deportes individuales en las que exista una única categoría nacional o no exista un sistema de ascensos y descensos entre las diferentes categorías al finalizar las temporadas en función de los resultados deportivos: 15.000€

- Cuantía máxima de la ayuda individualizada para las secciones deportivas o clubes deportivos que compitan en la máxima categoría no calificada como profesional cuando se trate de modalidades o especialidades deportivas en las que existan varias categorías calificadas como profesionales: 50.000€

- Cuantía máxima de la ayuda individualizada de las secciones deportivas o clubes deportivos que compitan en la segunda categoría inferior a la última calificada como profesional, cuando se trate de modalidades o especialidades deportivas en las que existan varias categorías calificadas como profesionales: 25.000€

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades deportivas aragonesas que, cumpliendo los requisitos exigidos por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón y que, contando con equipos o escuelas de iniciación deportiva integradas en su estructura, se encuentren en alguno de los siguientes casos:

a) Clubes deportivos y secciones deportivas de entidades sin ánimo de lucro

b) Los sociedades anónimas deportivas que compitan en la liga profesional de su modalidad deportiva o en la categoría inmediatamente inferior

c) Clubes deportivos y secciones deportivas de entidades sin ánimo de lucro que, sin cumplir todos los requisitos, compitan el la máxima categoría de su modalidad deportiva o, si esa máxima categoría está profesionalizada, compitan en la categoría inmediatamente inferior

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas reguladas en esta convocatoria van dirigidas a financiar la participación de las entidades deportivas aragonesas de máxima categoría en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional en la temporada 2024/2025.

Requisitos:

a) Clubes deportivos y secciones deportivas de entidades sin ánimo de lucro:

1º. Que el cuerpo técnico y, al menos, el 70% de las personas deportistas del equipo por el que se solicita subvención, estén contratados laboralmente por la entidad y dadas de alta en la Seguridad Social, con salarios de, al menos, el 50% del salario mínimo interprofesional anual para media jornada, durante toda la temporada deportiva.
A estos efectos, compondrán el cuerpo técnico y las o los deportistas del equipo todas aquellas personas que hayan sido oficialmente inscritas, como integrantes del mismo, en la competición en la que se participe. El número total de personas inscritas deberá ser mantenido durante toda la temporada, teniendo así que ser suplidas las bajas con nuevas incorporaciones.

2º. Que la competición en la que participa el equipo por el que se solicita subvención dure al menos 6 meses en un período de un año y cuente con un mínimo de 20 jornadas de competición.

3º. Que el equipo por el que se solicita subvención compita en la primera o en la segunda máxima categoría nacional de su modalidad o especialidad deportiva en la temporada deportiva por la que solicita subvención, o lo haya hecho en la temporada inmediatamente anterior.

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