Ayudas para el tratamiento de la vegetacion en las urbanizaciones afectadas por la Ley 5/2003, de 22 de abril, y en nucleos urbanos vulnerables.- Convocatoria 2014/2015.

Código de ayuda:

S09182/14

Norma:

ORDEN AAM/56/2014, de 25 de febrero. ORDEN AAM/174/2015, de 3 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para los años 2014 y 2015 las ayudas destinadas al tratamiento de la vegetación en las
urbanizaciones afectadas por la Ley 5/2003, y en núcleos urbanos vulnerables al fuego forestal.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas para el tratamiento de la vegetación en franjas de protección tienen una cuantía diferenciada según el tipo de actuación:

- tratamiento de vegetación con desbroce de matorral y corte de arbolado superior al 33% de los pies inicialmente existentes, una cuantía del 60% del presupuesto de la actuación con un máximo de 1.200,00 euros por hectárea.

- tratamiento de vegetación con desbroce de matorral, una cuantía del 60% del presupuesto de la actuación con un máximo de 600,00 euros por hectárea.

Estos importes máximos se podrán incrementar en un máximo de 300,00 euros por hectárea por aquellas actuaciones donde el terreno presente una pendiente superior al 40%, siempre y cuando así lo solicite el beneficiario y se aporte la documentación especificada en el artículo 7.3.f de estas bases reguladoras. En ningún caso el importe subvencionado superará el 60% del presupuesto de la actuación.

El importe de la ayuda otorgada no será superior a 100.000,00 euros por persona beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los entes locales que tengan en su ámbito territorial urbanizaciones afectadas por la Ley 5/2003 o núcleos urbanos vulnerables a los incendios forestales, con contacto directo con terrenos forestales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones que se indican a continuación que se realicen en urbanizaciones afectadas por la Ley 5/2003 o en núcleos urbanos vulnerables a los incendios forestales con contacto directo con terrenos forestales.

- Tratamiento de vegetación con desbroce de matorral y corte de arbolado superior al 33% de los pies inicialmente existentes.

- Tratamiento de vegetación con desbroce de matorral.

Requisitos:

Por adquirir la condición de persona beneficiaria, la persona solicitante no debe estar incluida en ninguno de los supuestos que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni el artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, que les sean aplicables.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6580
Documento: Bases y Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento
Boletín: 17/07/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6666
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 17/07/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6666
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 11/06/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6890
Documento: Ampliación del plazo para ejecutar y justificar Descargar Documento