Ayudas para el personal de las administraciones públicas catalanas para financiar matrículas de estudios de formación en lengua inglesa.
Código de ayuda:
S44828/05Norma:
Resolución GAP/2479/2005, de 14 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/09/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas para financiar el coste de los estudios de lengua inglesa que cumplan las condiciones siguientes:a) Los estudios se deben realizar en centros de formación que cumplan todos los requisitos establecidos por la normativa vigente en lo referente a su actividad.
La formación puede ser tanto presencial como a distancia.
b) Se debe acreditar la asistencia a la actividad formativa y su aprovechamiento mediante un certificado del centro.
c) La formación debe tener como mínimo una duración de 40 horas.
d) La actividad formativa debe haber tenido lugar durante el período establecido en la convocatoria, independientemente de que se haya realizado durante todo el curso académico, durante parte del año académico o de forma intensiva.
e) Debe existir documentación sobre los estudios en la que consten los objetivos formativos, la programación, la metodología y el sistema de acreditación del aprovechamiento.
Categorías Subvención
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de cada ayuda no puede exceder del 90% del total coste de los estudios durante el periodo objeto de la convocatoria, sin que en ningún caso pueda superar la cantidad de 300 euros.Sobre este importe se practicará la retención fiscal correspondiente.
El porcentaje de importe de matrícula objeto de la ayuda será proporcional a los méritos de los solicitantes, con los límites antes mencionados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas relacionadas con el objeto de la subvención.(Ver objeto para mayor información).
Requisitos:
a) El personal al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña, el personal al servicio de las administraciones locales de Cataluña, y el personal al servicio de las universidades catalanas, del Parlamento de Cataluña, de la Sindicatura de Cuentas y de la Sindicatura de Greuges.Se excluye de esta convocatoria el personal docente del Departamento de Educación.
b) Estar en situación administrativa de servicio activo en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
c) Haber superado la evaluación del curso realizado y estar en condiciones de presentar la correspondiente certificación.
d) No haber percibido otras ayudas, becas o subvenciones con la misma finalidad.
Documentos asociados
Boletín:
06/09/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4463
Documento: Bases y Convocatoria 2004-2005 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4463
Documento: Bases y Convocatoria 2004-2005 Descargar Documento