Ayudas para el libro gallego, en lo que se refiere a la traduccion a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego y a la traduccion al gallego de obras publicadas originariamente en otras lenguas.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S20146/13

Norma:

ORDEN de 28 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas a la producción editorial para apoyar el libro gallego, en lo que se refiere a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego y a la traducción al gallego de obras publicadas originariamente en otras lenguas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima adjudicada por medio de esta orden asciende a doscientos mil euros (200.000,00 euros), del siguiente modo:

a) Para la traducción desde otras lenguas al gallego se destina el 60 % del presupuesto total previsto, por lo que se asigna una cuantía de 120.000,00 euros.

b) Para la traducción desde el gallego a otras lenguas se destina el 40 % del presupuesto total previsto, por lo que se asigna una cuantía de 80.000,00 euros.

c) Quedarán excluidas de estas ayudas aquellos proyectos que, después de aplicado el baremo previsto en esta orden, alcancen una puntuación inferior al 50 % del máximo total.

d) La cuantía queda fijada en 20 euros por página.

e) El cómputo y la determinación de la cuantía se realizará sobre una página estándar de 30 líneas por 60 caracteres, para un total de 1.800 caracteres.

f) La ayuda no puede superar en ningún caso los 6.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las entidades que acrediten su condición de editoras, con las limitaciones que establece el punto siguiente de este artículo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego y a la traducción al gallego de obras publicadas originariamente en otras lenguas.

Requisitos:

No pueden beneficiarse de las ayudas recogidas en esta orden aquellas personas jurídicas que se encuentren en los supuestos previstos en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas en crisis, conforme a la definición prevista en el artículo 1, apartado 7, del Reglamento (CE) nº 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión, en relación con las pymes y conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1 de las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (2004/C 244/02) en relación con las grandes empresas.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento