Ayudas para el fomento y desarrollo del sector equino, y se convocan las correspondientes al año 2006.

Código de ayuda:

S23537/06

Norma:

RD 1200/2005, de 10 de octubre. Orden APA/1440/2006, de 28 de abril. Orden ARP/363/2006, de 17 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la constitución de entidades de carácter asociativo legalmente reconocidas relacionadas con el sector equino y para actividades de asistencia técnica a estas asociaciones y agrupaciones, así como apoyar a les constituidas con otras finalidades que amplíen su ámbito de actuación en el sector equino para mejorar su funcionamiento y la comercialización de sus productos, en concreto, las medidas que favorezcan
la concentración de la oferta y la mejora de la calidad de los productos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no podrá superar los 100.000 euros por beneficiario y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las entidades asociativas o las agrupaciones de productores de la especie equina y las agrupaciones de defensa sanitaria reconocidas, de acuerdo con el Real decreto 1880/1996, de 2 de agosto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las actuaciones siguientes:

a) La implantación de programas de manejo zootécnico y sanitario en las explotaciones equinas, aprobados por la autoridad competente, que engloben aspectos relacionados con la mejora de la calidad y sanidad de las producciones equinas.

b) La asistencia técnica a las entidades asociativas y agrupaciones de productores de équidos, que se constituyan o amplíen significativamente sus actividades.

c) La implantación de programas de calidad voluntarios o de sistemas de producción diferenciada, las denominaciones de calidad o la producción ecológica.

Requisitos:

a) Acrediten su viabilidad económica en el sentido que establece el artículo 2.17 del Real decreto 613/2001, de 8 de junio, sobre mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias (BOE núm. 138, de 9.6.2001).

b) Estén al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.

c) Sus asociados cumplan las normas vigentes en materia de medio ambiente, higiene y sanidad, el registro y la identificación de los animales, los programas sanitarios aprobados por la autoridad competente, el bienestar animal y el código de buenas prácticas higiénicas.

d) Apliquen los programas objeto de esta convocatoria aprobados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca en todas sus explotaciones asociadas, que deberá supervisarlos una persona técnica con titulación de grado medio o superior y, en el caso de los programas sanitarios, por un/a veterinario/a.

Documentos asociados

Boletín: 25/10/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 255
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/05/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 114
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 21/07/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4681
Documento: Convocatoria Descargar Documento